Economía

Estas son las nuevas personas que podrán cobrar los subsidios por desempleo del SEPE

Foto: EP.

Una de las primeras medidas que ha tomado el Gobierno de coalición en su nueva legislatura ha sido la subida del Salario Mínimo Interprofesional, que ha aumentado un 5% en un acuerdo con los sindicatos que, de nuevo, no ha contado con la presencia de la patronal.

Este incremento del SMI se realizará de forma retroactiva y actualmente está a la espera de que se apruebe formalmente mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Tal y como informó Moncloa en su página web, esto tendrá lugar "cuando culmine su tramitación, que comenzará con la publicación en Audiencia e Información Pública y, posteriormente, el Real Decreto será aprobado en Consejo de Ministros".

El efecto más inmediato del SMI será su aumento a los 1.134 euros brutos mensuales en 14 pagas, algo que, estima Moncla, afectará a 2,5 millones de personas. Pero tiene efectos extra en aspectos como, por ejemplo, los subsidios por desempleo.

En concreto, la subida del SMI aumentará el número de personas que puedan ser beneficiarias de subsidios por desempleo. La razón es simple: uno de los requisitos que se imponen para cobrar estos subsidios es que los ingresos no superen el 75% del SMI. Y, por lo tanto, si el SMI sube, ese límite sube.

Este es el efecto de la subida del SMI en los subsidios por desempleo

En su página web, el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) explica en su página web que para acceder a los subsidios es necesario "carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias".

Para el recuento de esas rentas, continúa el SEPE, se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. Es decir, que "el rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención" y las ganancias patrimoniales "se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales".

A la espera de que se apruebe de forma oficial, el nuevo límite para cumplir el requisito de carencia de rentas y cobrar los subsidios por desempleo será de 850,50 euros mensuales, el 75% de 1.134 euros mensuales.

Con todo, si una persona no cumple el criterio de carencias de rentas debe saber que el SEPE le guarda su petición de subsidio durante un año. Así, si dentro del siguiente año a la solicitud pasa a tener el nivel de ingresos necesario, podrá cobrar el subsidio por desempleo (siempre que cumpla el resto de requisitos).

"Si no reúnes los requisitos de carencia de rentas podrás obtener el subsidio si, dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante, acreditas que los cumples", especifica el SEPE.

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