
La 'reforma Escrivá' de las pensiones ha modifcado en varios tiempos múltiples aspectos relacionados con el sistema de pensiones: desde la revalorización de estas prestaciones, hasta los recortes que se hacen en las pensiones de las personas que se jubilan de forma anticipada, pasando por una de las claves para acceder a estas pensiones: la cotización.
Uno de los cambios más notables en las cotizaciones acaba de entrar en vigor hace tan solo unas semanas: desde el 1 de octubre se ha equiparado, a efectos de cotización, la jornada parcial a la jornada a tiempo completo. Por eso, todos los periodos trabajados a tiempo parcial contarán como si se hubiese trabajado toda la jornada de cara al cómputo que se necesita acreditar para acceder a las pensiones.
Así se recoge en el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo (puede consultarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado). En su artículo 26 se contempla la modificación del artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social para equiparar la jornada a tiempo parcial a la jornada a tiempo completo.
En concreto, el artículo 237 reconoce lo siguiente, tal y como puede comprobarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado: "Se tendrán en cuenta los distintos períodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos".
Esto servirá para todas las pensiones contributivas, no solo para la de jubilación. Por lo tanto, será extensible para "las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor". La medida podría afectar a más de dos millones de personas.
Por qué tiene efectos retroactivos
La equiparación de las jornadas a tiempo parcial y a tiempo completo ha entrado en vigor a partir del 1 de octubre, pero ello no significa que su aplicación sea solo desde esa fecha, ya que dicha equiparación tiene efectos retroactivos y será válida para toda la vida laboral de los trabajadores.
Tal y como confirmó UGT (Unión General de Trabajadores) a este periódico, esta modificación de la Ley General de la Seguridad Social viene dada por diferentes sentencias publicadas por el Tribunal Constitucional que declararon ilegal el coeficiente de parcialidad.
A qué trabajadores afecta la medida
Esta medida va destinada a reducir la desigualdad que sufren trabajadores que han acumulado mútliples jornadas a tiempo parcial y que veían cómo esa brecha les generaba mayores dificultades para acceder a las pensiones y menores importes de las mismas.
Por eso, y dado que son mayoría en jornadas a tiempo parcial, las mujeres trabajadoras serán las más afectadas por esta medida, que se suma a otras como la mejora de la integración de lagunas y el aumento del complemento para reducir la brecha de género de las pensiones.