Economía

¿Cuánto se cobra con la baja laboral por maternidad?

Foto: Getty.

Las mujeres embarazadas tienen derecho a un permiso por maternidad de hasta 16 semanas una vez nace su hijo o hija. Durante ese tiempo no se quedarán sin sueldo, ya que el Estado les garantiza el cobro de una prestación vigente hasta que termina la baja por maternidad.

Es la denominada prestación económica por nacimiento y cuidado de menor, que exige a sus beneficiarias estar en una situación de alta en la Seguridad Social, estar al corriente de pagos y reunir una cotización de 180 días (90 deben darse en los siete años anteriores) en el caso de mujeres de entre 21 y 25 años y de 360 días (180 deben darse entre los siete años anteriores) en el caso de mujeres de 26 años o más. Las mujeres menores de 21 años no precisan de cotización previa.

La prestación por nacimiento y cuidado de menor se cobrará de forma obligatoria durante las primeras seis semanas, ya que es el periodo obligatorio de descanso. A partir de ahí, la trabajadora tiene derecho a elegir la forma en la que disfrutar de las 10 semanas restantes: pueden ser continuadas al periodo obligatorio o disfrutarse de manera interrumpida, "en periodos semanales, en régimen de jornada completa o parcial desde la finalización del periodo obligatorio hasta los 12 meses del hijo/a", explica la Seguridad Social en su página web.

Cuánto se cobra con la baja por maternidad

De acuerdo con la información de la Seguridad Social, la cuantía de la prestación por nacimiento y cuidado de menor es el 100% de la base reguladora, que se compondrá de "la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo al del hecho causante dividida entre el número de días a que dicha cotización se refiera".

Las trabajadoras en el caso más frecuente (el de las que tienen una retribución mensual y han trabajado durante todo el mes en la empresa) esa cotización se tendrá que dividir entre 30.

Por el contrario, si la trabajadora ha ingresado en la empresa en el mes anterior al de la baja por maternidad, "para el cálculo de la base reguladora se tomará la base de cotización por contingencias comunes correspondiente al mes inmediatamente anterior al del inicio del descanso o del permiso por nacimiento y cuidado de menor".

En paralelo, si la trabajadora hubiese ingresado en la empresa el mismo mes en el que comienza el descanso del permiso "para el cálculo de la base reguladora se tomará la base de cotización por contingencias comunes de dicho mes".

La cuantía de la baja por maternidad para las autónomas

Según explica la Seguridad Social, las trabajadoras del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), el subsidio también será del 100% de la base reguladora.

Esta base reguladora, sin embargo, se calcula de una forma distinta: se calcula de forma diaria dividiendo la "suma de las bases de cotización acreditadas a este régimen especial durante los seis meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante entre 180".

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