El voto por correo es una alternativa muy útil para las personas que no pueden acudir a una mesa electoral el días de las elecciones y por eso es una parte a tener muy en cuenta en los próximos comicios autonómicos y municipales que se van a celebrar este domingo 28 de mayo.
Debido a la gran afluencia de personas que durante los últimos días se acercarán a las oficinas de Correos para realizar las votaciones, se ha ampliado el plazo para la entrega del voto por correo y así evitar que muchas personas se queden sin votar, un problema relativamente recurrente en otros comicios.
Así, Correos ha ampliado el plazo para la entrega del voto por correo hasta el jueves 25 de mayo, un día más tarde de lo inicialmente previsto. Por lo tanto, los ciudadanos tendrán unas horas más para poder hacer el voto por correo.
Es importante recordar que, una vez el voto por correo ha sido aprobado por la Oficina del Censo Electoral, el ciudadano que lo haya pedido no podrá votar de forma presencial, así que en el caso de no hacer el voto por correo no podrá votar de otra forma. Por eso es imprescindible no olvidar los plazos para el voto.
Cómo votar por correo en una oficina de Correos
Los ciudadanos que pidiesen el voto por correo (el plazo para hacerlo fue del 4 de abril al 18 de mayo) y posteriormente recibiesen la documentación electoral (se recibió del 4 al 21 de mayo) podrán votar por correo en cualquiera de las oficinas de Correos dentro de los horarios de cada una de ellas.
Para ello, el ciudadano debe usar el sobre que se le envió con la documentación electoral. En ese sobre debe introducir el "certificado de inscripción en el censo electoral y el de la votación, en el que se incluirá la papeleta", tal y como explica Correos en su página web. Si el ciudadano no tiene que votar en su comunidad autónoma, solo tendrá que introducir un sobre de votación. En el caso de que sí tenga que hacerlo, serán dos los sobres que introduzca (con sus respectivas papeletas).
Por último, el ciudadano tiene que escribir en el reverso del sobre su nombre y apellidos y la dirección en la que reside, para acreditar la identidad del remitente.
Con todos estos pasos realizados, el ciudadano ha de acudir a una oficina de Correos, hacer la correspondiente cola y pedir el voto por correo. Ha de cerrar el sobre en presencia del funcionario de Correos y entregárselo, recibiendo a cambio un justificante con el que el voto queda totalmente acreditado. Correos explica que el "envío será cursado como correo certificado y urgente, con carácter gratuito".