
La Generalitat de Cataluña ha multiplicado por seis el número de contratos a dedo que ha repartido entre los años 2015 y 2021. Según los datos de la plataforma de contratación de la propia comunidad, en 2015, el número de contratos menores, que no requieren por lo tanto licitación y cuyo importe es inferior a 15.000 euros, ascendía a 27.261 y ahora, según los últimos datos disponibles, alcanza ya los 165.740.
Además, el número de adjudicaciones, prórrogas, modificaciones y anualidades también han crecido y se han llegado a duplicar en cada uno de los casos.
En total, el número de adjudicaciones que ha otorgado la Generalitat en 2021 se eleva a 192.642, un 361% más de contratos que en 2015, cuando fuero de 41.781. Asimismo, el importe de total de contratos otorgados también se ha incrementado. En concreto un 32,78%, pasando de 4.423 millones de euros en 2015 hasta los 5.873 millones según los últimos datos publicados. Los contratos menores representan el 86% del total de las licitaciones otorgadas en 2021, aunque suponen un importe de solo 355 millones de euros.
A pesar de que la cifra de contratos menores es muy elevada, hay que destacar que se ha reducido respecto a 2019, antes, por lo tanto, del inicio de la pandemia, cuando superaron los 192.700 y tuvieron un importe de 331,8 millones de euros. Algo que es normal, teniendo en cuenta que durante la pandemia se agilizaron los procesos de adjudicaciones de contratos y en muchos casos se recurrió por parte de las administraciones a los contratos de emergencia.
Irregularidades
El problema más allá del número de contratos menores y es la presunta existencia de irregularidades. De hecho, en un informe reciente la Autoridad Catalana de Competencia recuerda que "han sido diversos los informes de los órganos fiscalizadores que han puesto de manifiesto el uso excesivo y/o irregular de la contratación menor por parte de las administraciones públicas, en el caso de Catalunya, tanto autonómica como local, y su sector público".
La contratación menor es un instrumento ágil y eficiente, además de rápido, que permite cerrar los contratos de manera casi inmediata. El problema reside en que la contratación menor ha pasado a ser un procedimiento ordinario, y casi automático, cuando en realidad debería ser algo extraordinario y de uso excepcional.
Así, a modo de ejemplo, la Aturoidad Catalana recuerda "los informes elaborados por la misma Sindicatura de Comptes de Catalunya, como por ejemplo el relativo a la contratación administrativa del Departamento de Justicia de la Generalitat de Catalunya o, por el Tribunal de Cuentas quien, en su informe de fiscalización de la contratación menor celebrada por los Ayuntamientos de más de 500.000 habitantes, en el ejercicio 2016, analizaba la actuación del Ayuntamiento de Barcelona en este ámbito".
No obstante, son más los organismos que han alertado de las irregularidades en la contratación menor. Así, lo explicó la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), un órgano independiente pero que está adscrito a la Subsecretaría de Hacienda, y que lleva alertando varios años sobre la "abrumadora presencia de la contratación menor atendiendo al número de expedientes". En general, no es fácil acceder a los expedientes de contratación y tampoco hay un patrón de uniformidad para los datos, siendo los formatos distintos, lo que impide llevar un control exacto de los contratos menores que han repartidos las comunidades autónomas.
Además, desde OIReScon también alertaron de las irregularidades con los contratos de emergencia, "como consecuencia del Covid-19, se han identificado una serie de publicaciones con anomalías o confusión de conceptos que no permite identificar de forma adecuada la publicación individualizada de cada contrato y la información que debe constar en el correspondiente anuncio".
Soluciones
Ante esta situación, la Autoridad Catalana ha propuesto medidas para mejorar el nivel de concurrencia y de competencia de la contratación menor. Así, exigen que "una evaluación de las diversas alternativas de abastecimiento, para que se elija la alternativa menos restrictiva de la competencia en cada caso y se limite la contratación menor al mínimo imprescindible". A lo que añade, "es preferible y prioritaria la publicidad de estas contrataciones".
El objetivo principal, y la conclusión a la que llega la Autoridad Catalana, es que se debe "velar para que se restrinja el uso de la contratación menor como mecanismo de abastecimiento público, limitándose a la satisfacción de prestaciones urgentes, de menor cuantía y no repetitivas en el tiempo". La Autoridad señala como solución la elaboración de un informe anual por parte del órgano contratante, a modo de evaluación. Además, esta medida junto con la publicidad favorecerá la transparencia.