Economía

Estas son las cuotas de los autónomos a la Seguridad Social: así se calculan en 2023

  • Se aprobó el sistema de cotización por ingresos de tramos reales...
  • ...y los profesionales por cuenta propia deben declarar sus rendimientos
Foto: Dreamstime.

Los más de tres millones de trabajadores autónomos de nuestro país se rigen por normas diferentes respecto al resto de empleados. La razón es que no trabajan por cuenta ajena y, por lo tanto, tienen que hacerse cargo de muchos trámites como, por ejemplo, el abono de las cotizaciones a la Seguridad Social.

Estas cotizaciones a la Seguridad Social son una de sus obligaciones más importantes. Se hace de forma mensual y dan el acceso a futuras pensiones contributivas o protecciones por cese de actividad y se han visto modificadas hace unos meses como parte de la reforma de las pensiones ideada por José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Es así como ha entrado en vigor el nuevo sistema de cotización por tramos de ingresos reales, que pretende que los autónomos ajusten sus cotizaciones a la Seguridad Social para incrementar los ingresos del sistema. Los cambios introducidos obligan a los profesionales por cuenta propia a acostumbrarse a una nueva forma de efectuar las cotizaciones.

La principal novedad del sistema es el cálculo de los ingresos reales por parte del autónomo para introducirse posteriormente en alguno de los 15 tramos de ingresos establecidos, que tienen bases mínimas y máximas de cotización entre las cuales el trabajador autónomo puede elegir la que mejor le convenga.

De acuerdo con el texto del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio (que puede consultarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado), para calcular sus ingresos reales un autónomo debe calcular los "rendimientos computables procedentes de todas las actividades económicas, empresariales o profesionales". En la práctica esto supone la suma de los ingresos y la resta de los gastos. Además, la Seguridad Social permite una deducción del 7% de esos gastos (o del 3% en el caso de los autónomos societarios).

Así son las bases de cotización de los autónomos

Cuando el autónomo efectúe esos cálculos obtendrá una cifra, la que compondrán sus ingresos reales. En ese momento tendrá que consultar cuál es el tramo de ingresos que le pertenece y conocer cuáles son las bases mínimas y máximas de cotización para ese tramo. Podrá elegir cualquiera de las comprendidas entre esos valores:

-Ingresos mensuales de hasta 670 euros: la base mínima será de 751,63 euros mensuales y la base máxima de 849,66 euros mensuales.

-Ingresos mensuales de 670,01 a 900 euros: la base mínima será de 849,67 euros mensuales y la base máxima de 900 euros mensuales.

-Ingresos mensuales de 900,01 a 1.166,69 euros: la base mínima será de 898,69 euros mensuales y la base máxima será de 1.166,70 euros mensuales.

-Ingresos mensuales de 1.166,70 a 1.300 euros: la base mínima será de 950,98 euros mensuales y la base máxima será de 1.300 euros mensuales.

-Ingresos mensuales de 1.300,01 a 1.500 euros: la base mínima será de 960,78 euros mensuales y la base máxima será de 1.500 euros mensuales.

-Ingresos mensuales de 1.500,01 a 1.700 euros: la base mínima será de 960,78 euros mensuales y la base máxima será de 1.700 euros mensuales.

-Ingresos mensuales de 1.700,01 a 1.850 euros: la base mínima será de 1.013,07 euros mensuales y la base máxima será de 1.850 euros mensuales.

-Ingresos mensuales de 1.850,01 a 2.030 euros: la base mínima será de 1.029,41 euros mensuales y la base máxima será de 2.030 euros mensuales.

-Ingresos mensuales de 2.030,01 a 2.330 euros: la base mínima será de 1.045,75 euros mensuales y la base máxima será de 2.330 euros mensuales.

-Ingresos mensuales de 2.330,01 a 2.760 euros: la base mínima será de 1.078,43 euros mensuales y la base máxima será de 2.760 euros mensuales.

-Ingresos mensuales de 2.760,01 a 3.190 euros: la base mínima será de 1.143,79 euros mensuales y la base máxima será de 3.190 euros mensuales.

-Ingresos mensuales de 3.190,01 a 3.620 euros: la base mínima será de 1.209,15 euros mensuales y la base máxima será de 3.620 euros mensuales.

-Ingresos mensuales de 3.620,01 a 4.050 euros: la base mínima será de 1.274,51 euros mensuales y la base máxima de 4.050 euros mensuales.

-Ingresos mensuales de 4.050,01 a 6.000 euros: la base mínima será de de 1.372,55 euros mensuales y la base máxima será de 4.139,40 euros mensuales.

-Ingresos mensuales superiores a 6.000 euros: la base mínima será de 1.633,99 euros mensuales y la base máxima de 4.139,40 euros mensuales.

Los autónomos tienen la posibilidad de cambiar su base de cotización hasta seis meses al año (el 1 de enero, el 1 de marzo, el 1 de mayo, el 1 de julio, el 1 de septiembre y el 1 de noviembre). Esto se debe a que el sistema contempla que los ingresos de estos profesionales puedan variar a lo largo del año, entendiendo que en muchas ocasiones no son regulares durante todo el ejercicio.

Así son las cuotas de los autónomos a la Seguridad Social

En todo caso, el autónomo debe saber que una vez conseguida su base de cotización solo le quedará aplicar las cotizaciones correspondientes para conocer cuáles serán sus cuotas a la Seguridad Social. En 2023 son las siguientes para los trabajadores autónomos:

-Un 28,9% de la base de cotización en concepto de contingencias comunes.

-Un 1,3% de la base de cotización en concepto de contingencias profesionales.

-Un 0,9% de la base de cotización en concepto de cese de actividad.

-Un 0,1% de la base de cotización en concepto de formación profesional.

En total, el autónomo tendrá que abonar cuotas por el 31,2% de la base de cotización, un 0,6% más que el año pasado. Esto se debe al aumento de las cotizaciones por contingencias comunes, que se han incrementado para financiar el sistema de pensiones por el esfuerzo que le supondrá sufragar las pensiones de jubilación de la generación del 'baby boom'.

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