Economía

Cómo conseguir el paro el máximo tiempo posible: esto es lo que debes hacer y lo que puedes cobrar

  • La clave está en el periodo cotizado por desempleo los seis últimos años
  • La Ley de la Seguridad Social tiene una escala de cotizaciones y duraciones
Foto: EP.

Cuando un trabajador se queda sin empleo por causas ajenas a él siempre acude al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para conocer cuál es la prestación por desempleo a la que tiene derecho para cubrir la pérdida de ingresos que supone su nueva situación de desempleo.

De todas ellas, las que todos los trabajadores desean percibir es la prestación contributiva por desempleo, el paro. La razón es simple: es la que proporciona mayores ingresos a sus beneficiarios. En paralelo, al tratarse de una prestación contributiva es la que, en la práctica, exige a sus potenciales perceptores una mayor cantidad de requisitos.

Como en todas las ayudas por desempleo, la duración del cobro de esas prestaciones es determinada. En el caso del paro, el periodo máximo es de dos años, durante los cuales se podrá percibir siempre que se no consiga un trabajo a tiempo completo o se incurra en alguna de las causas de suspensión, extinción o incompatibilidad de la prestación.

La duración del cobro del paro viene determinada por las cotizaciones del trabajador en concepto de desempleo. Esta partida supone el 7,05% de la base de cotización del trabajador, aunque éste solo aporta el 1,55%, mientras que el empresario abona el 5,5% de la base de cotización. Para las empleadas de hogar, no obstante, esto varía: es de un 6,05% (repartido en un 5% para el empleador y un 1,05% para la empleada).

Tal y como explica la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 269 (se puede consultar en este enlace del Boletín Oficial del Estado), la duración del paro depende de "los períodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar".

En este artículo también se detalla cuál es el periodo máximo de tiempo en el que se puede cobrar el paro, que es de 720 días. No obstante, para tener derecho a esos dos años de paro será indispensable acreditar la cotización a la que obliga la normativa, que en este caso es de 2.160 días cotizados. O lo que es lo mismo, una cotización de seis años.

Todo lo que no sea llegar a ese nivel de cotización implicará periodos de cobro del paro menores. El mínimo es tres cuatro meses (120 días), y para ello es indispensable haber cotizado por desempleo al menos un año (360 días). En todo caso, hay que seguir las referencias de la escala que facilita la Ley General de la Seguridad Social:

-Entre 360 y 539 días cotizados dan derecho al periodo mínimo de paro, 120 días.

-Entre 540 a 719 días cotizados dan derecho a 180 días de paro.

-Entre 720 y 899 días cotizados dan derecho a 240 días de paro.

-Entre 900 y 1.079 días cotizados dan derecho a 300 días de paro.

-Entre 1.080 y 1.259 días cotizados dan derecho a 360 días de paro.

-Entre 1.260 y 1.439 días cotizados dan derecho a 420 días de paro.

-Entre 1.440 y 1.619 días cotizados dan derecho a 480 días de paro.

-Entre 1.620 y 1.799 días cotizados dan derecho a 540 días de paro.

-Entre 1.800 y 1.979 días cotizados dan derecho a 600 días de paro.

-Entre 1.980 y 2.159 cotizados dan derecho a 660 días de paro.

-2.160 días cotizados dan derecho al periodo máximo, 720 días.

Otros requisitos para cobrar el máximo de paro

Por supuesto, el ciudadano que quiera cobrar el paro debe acreditar otros requisitos que se encuentran en paralelo al de la cotización. Si se incumple alguno de los mismos no va a poder percibir la prestación contributiva por desempleo. Estos requisitos aparecen recogidos en la página web del SEPE y son:

-Estar afiliado a la Seguridad Social o en una situación asimilada.

-Encontrarse en una situación legal de desempleo (el SEPE las recoge en este listado de su página web) y suscribir el compromiso de actividad con el propio SEPE).

-Estar inscrito como demandante de empleo (así puede conseguirse de forma sencilla).

-No tener derecho a una pensión contributiva de jubilación.

-No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el paro.

-No realizar una actividad por cuenta propia o ajena a tiempo completo.

La cuantía del paro si lo cobras el máximo tiempo posible

La cuantía del paro depende del tiempo de duración de cobro de esta prestación contributiva por desempleo. Durante los primeros 180 días será del 70% de la base reguladora, mientras que a partir del día 181 será del 50% de esa base reguladora, que se compone de la media de las "bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias", explica el SEPE.

Con todo, a partir de 2023 habrá cambios en la cuantía del paro, ya que se modifica la cuantía a partir del día 181 para incrementarla: desde el 1 de enero se percibirá el 60% de la base reguladora, es decir, un 10% más. Esta medida se aprobó tras el acuerdo llegado entre el PSOE y Unidas Podemos para los Presupuestos de 2023.

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky