Economía

Estos son los días que tienes que cotizar para cobrar dos años de paro (y la cuantía que te corresponde)

  • Es el periodo máximo que se puede cobrar esta prestación contributiva
  • Hay que atender a lo cotizado por desempleo en los seis años anterores
Foto: EP.

El paro es la prestación contributiva por desempleo, es decir, aquella prestación que los trabajadores cobran cuando, tras un tiempo exigible de cotización (la contribución que determina el carácter de esta ayuda), se han quedado sin empleo. Eso sí, no todos los trabajadores tienen derecho ni a la misma cuantía ni al mismo tiempo de cobro de la prestación.

Lo que determina el tiempo de cobro de la prestación contributiva por desempleo es el nivel de cotizaciones acreditado por el trabajador de forma previa a la situación legal de desempleo que le da derecho a cobrar el paro. A más cotización, más tiempo de cobro del paro.

Lo explica la Ley General de la Seguridad Social (puede consultarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado) en su artículo 269, que dice lo siguiente: "La duración de la prestación por desempleo estará en función de los periodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar".

El ciudadano puede consultar en su nómina la cotización por desempleo que realiza mes a mes: es un 7,05% de la base de cotización (un 5,5% asumido por el empresario y un 1,55% por el trabajador) en el Régimen General, aunque en contratos de duración determinada es de un 8,3% (un 6,7% del empresario y un 1,6% del trabajador). En el sistema especial del trabajadoras del hogar la cotización por desempleo es del 6,05%, de la cual el 5% corresponde al empleador y el 1% a la empleada.

La duración de la prestación contributiva por desempleo no es indefinida, ya que la normativa marca un periodo máximo de cobro del paro, que es de dos años. Así, para cobrar el máximo de paro hay que llegar al nivel máximo de cotizaciones por desempleo, que es de 2.160 días cotizados. De no llegar a ese nivel se cobrará un periodo menor de paro.

La Ley General de la Seguridad Social contiene una escala en la que aperecen los periodos de paro a los que tienen derecho los trabajadores en función de su cotización por desempleo:

-Con entre 360 y 539 días cotizados se puede cobrar el periodo mínimo de paro, 120 días.

-Si se acumulan de 540 a 719 días se puede cobrar durante 180 días el paro.

-Con entre 720 y 899 días cotizados se puede cobrar durante 240 días el paro.

-Con entre 900 y 1.079 días cotizados se puede cobrar durante 300 días el paro.

-Con entre 1.080 y 1.259 días cotizados se puede cobrar durante 360 días el paro.

-Con entre 1.260 y 1.439 días cotizados se puede cobrar durante 420 días el paro.

-Con entre 1.440 y 1.619 días cotizados se puede cobrar durante 480 días el paro.

-Con entre 1.620 y 1.799 días cotizados se puede cobrar durante 540 días el paro.

-Con entre 1.800 y 1.979 días cotizados se puede cobrar durante 600 días el paro.

-Con entre 1.980 y 2.159 cotizados se puede cobrar durante 660 días el paro.

-Con 2.160 días cotizados se puede cobrar el paro durante el periodo máximo, 720 días.

Cuál es la cuantía del paro según el tiempo que lo cobres

La cuantía del paro, por su parte, depende de la duración de cobro del mismo. Así, durante los primeros seis meses de cobro de la prestación se percibirá el 70% de la base reguladora del trabajador, mientras que a partir del día 181 se percibirá el 50% de esa base reguladora. Desde 2023 aumentará un 10% el porcentaje a cobrar de la base reguladora desde el día 181: pasará a ser del 60% de la base reguladora.

Tal y como explica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en su página web, esta base reguladora se calcula con la media de "las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias".

A pesar de este método de cálculo, se contemplan diferentes cuantías mínimas y máximas del paro que dependen de las circunstancias personales de la persona que lo cobra:

-La cuantía mínima es de 540,41 euros mensuales para personas sin hijos a cargo y de 722,80 euros mensuales para personas con hijos a cagro.

-La cuantía máxima del paro es de 1.182,16 euros mensuales para personas sin hijos, de 1.351,04 euros mensuales para personas con un hijo y de 1.519,92 heuros mensuales para personas con dos hijos.

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