Economía

Díaz recula con la temporalidad en las políticas activas y choca con ERC

  • Se desdice sobre la permisividad para que eventuales ejecuten las políticas de empleo
  • Los republicanos suman fuerzas con PDeCat para evitar hacerles fijos discontinuos
  • PSOE y Podemos corrigen también el "error" de olvidarse de las víctimas de terrorismo

Cinco meses después de su llegada al Congreso de los Diputados, y tras haber superado con holgura la enmienda a la totalidad presentada por Vox, la nueva la Ley de Empleo está empezando a convertirse en un verdadero quebradero de cabeza para el Gobierno, uno que además le puede enfrentar con sus 'socios' de ERC.

Los grupos parlamentarios de PSOE y Unidas Podemos han presentado una enmienda conjunta a la Ley de Empleo para reescribir la polémica disposición adicional novena del texto.

Un apartado que, tal y como reveló el elEconomista.es el pasado 17 de octubre, suponía una "autoenmienda" a la reforma laboral al permitir a cualquier empresa hacer contratos temporales de no más de 12 meses vinculados a las políticas activas de empleo. Además, afectaba tanto a los parados beneficiarios de los programas como al personal encargado de desarrollarlos.

Ahora, el Gobierno se desdice y reescribe la disposición para adaptarla a la redacción de la reforma laboral, dejando claro que solo podrán hacer estos contratos empresas públicas y organizaciones sin ánimo de lucro y solo con los beneficiarios participantes.

Aunque para estos últimos se introduce un 'periodo de gracia' que permitirá aplicarlos al "personal técnico necesario" para la ejecución de los programas que acaba el 31 de diciembre de 2023.

La razón de este baile de textos está en que la limitación a la temporalidad fue muy criticada por las empresas del sector de la colocación y orientación profesional que colaboran en las políticas activas.

Aunque muchas son públicas o pertenecen al tercer sector y operan sin ánimo de lucro", las empresas en las que consiguen empleo a las personas que atienden no lo son. Lo cual, argumentaban, era una dificultad añadida a la hora de ayudar a los beneficiarios de las políticas activas a dar el primer paso en el mercado laboral.

Pero también se convertía en un problema a la hora de contratar a los trabajadores encargados de poner en marcha estos programas, ya que la redacción original (que ahora se recupra) impedía hacerles contratos temporales.

El Gobierno ya intentó flexibilizar esta cuestión en el decreto del plan de choque por la guerra de Ucrania aprobado en marzo. 

Pero el texto de la disposición adicional novena introducida en junio iba demasiado lejos y casi desnaturalizaba la propuesta original de la reforma laboral, que tenía como objeto declarado limitar la temporalidad.

La disposición adicional novena abría el problema de la contradicción de que un Gobierno que ha convertido la lucha contra la temporalidad en su bandera (sobre todo de cara a Bruselas) la avalar con sus políticas activas.

Sobre todo de cara a un año electoral. Además, mostraba un doble rasero respecto a otras reformas como la de las bonificaciones a la contratación, que elimina aquellas vinculadas a empleos temporales.

El giro de 180 grados del Gobierno, que llega después de que elEconomista.es publicara el contenido y el efecto de la disposición, supone así volver a la situación de salida de la reforma laboral y el decreto de marzo, con una solución transitoria sobre el problema de las personas contratadas para desarrollar estos programas.

Frente común de ERC y PDeCat

El cambio se produce pese a que ningún otro grupo parlamentario había cuestionado en sus enmiendas la disposición adicional novena.

Incluso para dos de ellos se quedaba corta. Se trata de ERC y PDeCat, que han registrado sendas enmiendas pero que comparten el mismo texto (incluso en su justificación) con las que plantea limitar la única limitación que se establecía a la contratación temporal de los trabajadores de los programas: que no fuera recurrentes.

"El personal vinculado a la ejecución de programas no podrá ir cambiando anualmente", advierten ambas formaciones en sus enmiendas, que critican las "lagunas" provocadas por la reforma laboral. Aunque en el fondo de esta queja no es difícil deducir la negativa a hacer contratos estables a los trabajadores de un sector con una fuerte presencia en Cataluña.

En este sentido, la respuesta del Gobierno a ERC y PDeCat es fácil de traducir: "Háganles fijos discontinuos".

Errores en los colectivos prioritarios

Este no ha sido el único problema que ha sufrido la Ley de Empleo, una norma clave en la recta final de la Legislatura, ya que afecta a varios compromisos asumidos con la Comisión Europea en el marco del componente 23.

Y es que, más allá de la transformación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en una nueva Agencia nacional de Empleo, supone una reforma integral de las reglas de juego de las políticas activas.

Y parecía haber arrancado su tramitación parlamentaria con éxito, aunque en los últimos días las polémicas han empezado a rodearla. La más reciente ha sido la suscitada por la declaración de las personas LGTBI como colectivo prioritario en las políticas activas. La incertidumbre acerca de cómo se identifica a estas personas en las oficinas de empleo ha provocado muchas preguntas entre los ciudadanos.

Y una enmienda parcial del Partido Popular que propone sustituirlas por una alusión a las "víctimas de discriminación por orientación o identidad sexual". Una solución casi igual de compleja, pues exige que el afectado demuestre que esa discriminación existe.

Sin embargo, mucho más reveladoras son las modificaciones plantadas por el propio Gobierno, es decir PSOE y Unidas Podemos. Muchas son simples mejoras técnicas que corrigen el texto original de la propia ley, aunque algunos responden a errores tan sorprendentes como la ausencia de las víctimas del terrorismo en la larga lista de colectivo prioritarios que recogía la norma impulsada por Yolanda Díaz.

"La omisión de este colectivo responde a un error material", se limita a señalar la modificación que lo subsana. En este sentido, también responde a un error la omisión de la "opinión política, afiliación sindical, así como por razón de lengua, dentro del Estado español" en la enumeración de los motivos de discriminación que aparece en varios apartados de la norma y que los partidos de coalición se ven ahora obligados a volver a incluir.

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