Economía

Este es el tiempo que tienes para que te concedan una pensión de incapacidad permanente

  • Es un proceso algo más difícil que el de otras pensiones contributivas
  • Tiene varias fases en las que determinar los efectos de la enfermedad
Foto: Dreamstime.

Todas las solicitudes de una pensión contributiva tienen sus tiempos de resolución por parte de la Seguridad Social (el organismo encargado de decidir si las concede o las deniega), pero en el caso de la pensión de incapacidad permanente todo se complica un poco más, ya que el procedimiento se compone de unas fases especiales.

De acuerdo con la página web de la Seguridad Social, el organismo tiene un plazo de 135 días hábiles para dictar una resolución sobre una solicitud de pensión de incapacidad permanente. En caso de que, pasado este tiempo, no se haya producido comunicación alguna, se entenderá que la pensión ha sido rechazada por silencio administrativo.

Este elevado periodo de espera (si se agota al completo es aproximadamente medio año) contrasta con los que se contemplan para las otras dos grandes pensiones contributivas: las de jubilación y las de viudedad, que se conceden en un plazo medio de 19 y 13 días, respectivamente, pero en las que la Seguridad Social tiene hasta 90 días para tomar una decisión.

¿Cuál es la razón? La clave radica en el hecho causante de la pensión. Frente a realidades tan fácilmente comprobables como los requisitos de la jubilación o los de la viudedad (constarar un fallecimiento, la llegada a una edad, un nivel de cotización...), a la hora de dilucidar si una persona tiene derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente hay que tener en cuenta diferentes variables.

La incapacidad permanente se reconocerá o no en función de los efectos que la enfermedad o dolencia (o la suma de varias) tenga tanto en la vida laboral como en la vida cotidiana del trabajador, incluyendo los problemas que pueda generarle en su autonomía e independencia para los actos esenciales de la vida. Esto, y los correspondientes trámites a un nivel más burocrático, es lo que marca el conjunto de fases por las que pasa el solicitante de una pensión de este tipo.

Las fases de una solicitud de incapacidad permanente

El primer paso es el más lógico: la apertura de un expediente por parte del ciudadano para solicitar la pensión. La Seguridad Social facilita el formulario en este enlace de su página web. Lo puede entregar de forma online en la plataforma de trámites de pensiones o de forma presencial, aunque para ello debe pedir cita previa en alguna de las oficinas del organismo.

Con todo, este trámite inicial a veces lo puede abrir un actor diferente al aspirante a pensionista: tanto la propia Seguridad Social como la Inspección de Trabajo o la mutua colaboradora pueden pedir la apertura de expediente si creen que el trabajador se encuentra en una situación que pueda merecerlo.

En unos u otros casos será posible que, una vez se abra el expediente, la Seguridad Social pida documentación adicional a la ya entregada. Si eso sucede, el solicitante tiene un plazo de 10 días para entregarla. Al hacerlo, comenzará un periodo de espera...hasta que llegue la convocatoria del tribunal médico.

La visita al tribunal médico es uno de los trámites más temidos por los solicitantes de una pensión de incapacidad permanente. Los miembros del Equipo de Valoraciones de Incapacidad son los encargados de comprobar cómo afectan las dolencias del trabajador a su vida laboral y cotidana y los que elaborarán un informe en el que se recomendarán la concesión o denegación de la pensión, así como el grado de la incapacidad (parcial, total, absoluta, gran invalidez) en caso afirmativo.

En el momento de la visita al tribunal es posible que sus miembros pidan al solicitante la realización de maniobras o ejercicios, algo que no puede considerarse por el aspirante a pensionista como una especie de humillación. Y es que la la labor última del tribunal es simplemente asegurarse de que la pensión se otorga a quien la merece: no hay un afán persecutorio en su trabajo.

Quién decide si cobras una pensión de incapacidad permanente

Aunque el dictamen emitido por el tribunal es sumamente importante, no es definitivo: la responsabilidad última de la decisión recae en la dirección provincial de la Seguridad Social. Este organismo, no obstante, suele seguir lo resuelto por el tribunal médico...pese a no estar obligado a hacerlo.

Llegados a este momento, al ciudadano le pueden suceder dos cosas:

-Que se le conceda la incapacidad permanente, caso en el que se informará del grado de la incapacidad concedido y la fecha de cobro de la pensión.

-Que se le deniegue la incapacidad permanente. De ser así, el ciudadano tiene derecho a recurrir esta decisión de la Seguridad Social

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