Economía

Este es el método de la Seguridad Social para actualizar el sueldo de una empleada de hogar

  • Es clave hacerlo en los tiempos marcados por el organismo
  • Se puede hacer a través de la plataforma online Import@ss
Foto: Dreamstime.

Las más de 373.000 personas que están dadas de alta en la Seguridad Social en el régimen especial de empleadas del hogar (en su inmensa mayoría mujeres) desempeñan su labor por un salario que, independientemente de su cuantía, debe aparecer de forma correcta y actualizada en la base de datos del organismo.

Esto es importante por el carácter especial de este régimen, vinculado a condiciones tradicionalmente más precarias (de hecho, todavía se trata de equiparar los derechos de las empleadas a las del resto de trabajadores en aspectos tan básicos como la protección por desempleo) y a sueldos bajos que a menudo coinciden con el Salario Mínimo Interprofesional.

El objetivo de este control es precisamente asegurarse que los salarios no se encuentran por debajo de lo estipulado por la ley. Es por eso que la Seguridad Social recuerda de forma periódica a los ciudadanos la obligación de actualizar el salario de las empleadas de hogar.

A través de su cuenta de información en la red social Twitter, la Seguridad Social ha explicado que los empleadores que tengan que modificar o actualizar el salario de la empleada de hogar a la que hayan contratado podrán hacerlo sin problemas por medio de Import@ss, plataforma de trámites online del organismo.

Para hacer el trámite hay que usar el servicio 'Modificación de datos laborales en empleo de hogar', al que se accede desde este enlace y que, de acuerdo con la información de la propia Seguridad Social, "actualiza las condiciones laborales relacionadas con la persona que trabaja en el hogar". Aquí entra el salario y también el resto de condiciones reflejadas en el contrato de trabajo.

Para poder hacerlo es necesario que el empleador tenga un certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), un DNI electrónico, Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente) o vía SMS, aunque en este caso se debe registrar el número de teléfono móvil en la base de datos de la Seguridad Social.

No solo hay que tener claro cómo hacer el trámite, ya que también es importante el 'timing': la Seguridad Social explica que se debe hacer dentro de los tres días naturales posteriores a la entrada en vigor de las nuevas condiciones de trabajo y en todo caso hasta el día 3 del mes siguiente, pero solo en casos excepcionales y considerando que se hace fuera de plazo.

A través del modelo TA.2/S-0138

Si el empleador tarda todavía más en actualizar el salario de una empleada de hogar solo podrá hacerlo de otra forma: en el servicio 'Enviar una solicitud' de Import@ss, que no requiere certificado digital o Cl@ve. Simplemente hay que adjuntar bien cumplimentado el modelo TA.2/S-0138 (puede conseguirlo en este enlace) con la modifcación de los datos reflejada.

El siguiente paso es ingresar en este enlace, el del servicio de 'Enviar una solicitud', introducir los datos personales y hacer el trámite desde un dispositivo con cámara, ya que es necesario realizar una fotografía para acreditar nuestra identidad. El proceso termina adjuntando el modelo TA.2/S-0138 y aceptando el envío de la solicitud.

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