
¿Quién no ha compartido alguna una vez una cuenta bancaria con un familiar, con su pareja o incluso con un amigo de muchísima confianza? Se trata de una práctica relativamente común que ayuda a coordinar los gastos de una unidad familiar o a supervisar los movimientos de una persona con dificultades para hacerlo de forma autónoma (nuestros mayores o los hijos, por ejemplo) y en todos estos es recomendable seguir una serie de consejos para no tener problemas.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha publicado en su página web una serie de recomendaciones y precauciones para, a la hora de compartir una cuenta bancaria, no tener problemas con Hacienda ni, a la vez, entre los distintos miembros que operan en la cuenta.
Lo primero es tener claro de quién es el saldo de esas cuentas, algo que dependerá del tipo de cuenta compartida que se haya abierto. Esto es clave porque, a pesar de los acuerdos personales a los que puedan llegar todas las personas que las comparten, es lo que mandará a efectos legales y fiscales:
-En las cuentas con autorizados el dinero no pertenece a los autorizados. Estos pueden operar con el permiso de los cotitulares, pero nunca ostentan esta condición y, por lo tanto, tampoco son dueños del dinero.
-En las cuentas conjuntas o mancomunadas el dinero de la cuenta pertenece a todos sus miembros a partes iguales. Cada operación llevada a cabo con este tipo de cuentas debe contar con la autorización de todos sus miembros.
-En las cuentas solidarias o indistintas "la propiedad de los saldos depende exclusivamente de las relaciones internas" entre los miembros, explica la OCU. En estas cuentas cada uno de sus cotitulares puede realizar operaciones sin necesidad de contar con la autorización del resto.
Cómo evitar problemas con Hacienda al compartir una cuenta
La OCU informa de que el principal problema que los cotitulares de una cuenta bancaria pueden tener con Hacienda es la posibilidad de que la propiedad de los fondos no coincida exactamente con los titulares de esos fondos.
En el caso de las cuentas indistintas o solidarias, que permiten movimientos con rapidez y sin autorizaciones, es muy recomendable que la propiedad de los fondos sea de esos cotitulares.
Cuando la cuenta es con autorizados es clave determinar por qué razón se abre la cuenta. Si es con el fin de ayudar a una persona mayor a gestionar asuntos de la cuenta, es la opción más recomendable, dado que la propiedad del saldo siempre será de su dueño. La razón es que, si se opta por abrir una cuenta indistinta o solidaria, Hacienda podría atribuir a esa persona la mitad del dinero (y tributar por él) cuando en realidad no es suyo.