
Los cerca de un millón de beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital verán aumentada la cantidad de sus prestaciones durante los próximos meses después de la medida del Gobierno (incluida en el plan económico por la guerra entre Rusia y Ucrania) de subir un 15% la cuantía de esta ayuda.
La medida fue aprobada por el Consejo de Ministros este martes y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este miércoles. En el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo se pueden comprobar cuáles son las condiciones de la subida del Ingreso Mínimo Vital, que tiene el objetivo de evitar que sus beneficiarios "puedan verse más afectados aún en su precaria situación por las consecuencias que la invasión de Ucrania por Rusia está generando en toda Europa" en un contexto de alta inflación.
Lo primero que hay que tener claro es que la subida del Ingreso Mínimo Vital es temporal: solo se aplicará en los meses de abril, mayo y junio y posteriormente volverá a las cantidades establecidas para principios de 2022 con el aumento del 3% que se aprobó en los Presupuestos Generales del Estado.
Otro aspecto a tener en cuenta es que, en el caso de que los beneficiarios reciban el complemento a la infancia del Ingreso Mínimo Vital (que añade cantidades de entre 50 y 100 hijos por cada hijo menor de edad), el incremento se aplicará sobre esa cantidad total y no sobre el límite de renta de la unidad de convivencia.
Además, tal y como explica el artículo 45 del Real Decreto-ley, el incremento del 15% en el Ingreso Mínimo Vital también se aplicará a las solicitudes que se presenten a partir de la publicación de la normativa y a las que se hayan presentado antes pero aún no se hayan resuelto.
Aunque la cuantía del Ingreso Mínimo Vital se aplicará sobre la cantidad total resultante de sumar la prestación y los complementos a la infancia que correspondan al beneficiario por su unidad de convivencia, conviene tener claras cuáles serán las nuevas cantidades atendiendo a la estructura de la unidad de convivencia.
Hay que recordar que la cuantía del Ingreso Mínimo Vital depende de los ingresos del beneficiario: es compatible con pensiones, subsidios, trabajos por cuenta propia o ajena...y se obtiene calculando la diferencia entre estos ingresos y el límite de renta de la unidad de convivencia a la que se pertenece.
Las nuevas cuantías (temporales) del Ingreso Mínimo Vital
Con el incremento del 15%, la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para cada unidad de convivencia queda de la siguiente forma:
-Para un adulto: 565,28 euros mensuales.
-Para un adulto y un menor: 859,33 euros mensuales.
-Para un adulto y dos menores: 1.028,87 euros mensuales.
-Para un adulto y tres o más menores: 1.198,56 euros mensuales.
-Para dos adultos: 734,97 euros mensuales.
-Para dos adultos y un menor: 904,51 euros mensuales.
-Para dos adultos y dos menores: 1.074,20 euros mensuales.
-Para dos adultos y tres o más menores: 1.243,74 euros mensuales.
-Para tres adultos: 904,51 euros mensuales.
-Para tres adultos y un menor: 1.074,20 euros mensuales.
-Para tres adultos y dos o más menores: 1.243,74 euros mensuales.
-Para cuatro adultos: 1.074,20 euros mensuales.
-Para cuatro adultos y un menor: 1.243,74 euros mensuales.
-Para el resto de unidades de convivencia: 1.243,74 euros mensuales.