
De los más de 743.000 subsidios por desempleo que se pagan cada mes en España uno de los más importantes es el destinado a los trabajadores mayores de 52 años, una prestación que ha sufrido una reciente modificación por la cual aumentará el número de sus beneficiarios.
El Consejo de Ministros aprobó este martes una modifcación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social para igualar el acceso al subsidio por desempleo para mayores de 52 años de las trabajadoras fijas discontinuas, que hasta el momento no podían percibir esta prestación asistencial gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
La referencia del Consejo de Ministros de este martes publicada en la página web de Moncloa explica que los trabajadores fijos discontinuos "el acceso de este colectivo a los subsidios por desempleo en las mismas condiciones y con los mismos derechos que se aplican al resto de personas trabajadoras por cuenta ajena".
El Gobierno estima que, de forma inmediata, hasta 18.000 trabajadores podrían beneficiarse de esta medida cada mes, aunque no se descarta que la cifra pueda ser posterior en el futuro. De hecho, desde el sindicato CCOO se apunta que esa cifra será mayor con toda seguridad debido al fomento de la transformación de los contratos temporales por la contratación de trabajadores fijos discontinuos.
La medida del Ejecutivo no hace otra cosa que cumplir lo que ya se estableció en el reciente Real Decreto-ley 32/2021, la reforma laboral que instó completar "las modificaciones necesarias para mejorar la protección del colectivo de fijos-discontinuos" y garantizar de esta manera el acceso al subsidio para mayores de 52 años "en las mismas condiciones y con los mismos derechos que se aplican al resto de personas trabajadoras por cuenta ajena".
Cuáles son los requisitos del subsidio para mayores de 52 años
Así, los trabajadores fijos-discontinuos podrán solicitar el cobro de este subsidio para mayores de 52 años siempre y cuando reúnan el resto de condiciones que impone el Servicio Público Empleo Estatal (SEPE), explicadas en su página web:
-Tener el indispensable requisito de cumplir una edad de al menos 52 años.
-Estar en una situación legal de desempleo. El SEPE explica cuáles son estas situaciones en las que el trabajador tiene derecho a pedir la prestación.
-Haber agotado el paro o el subsidio por desempleo, haber cotizado menos de lo suficiente tras el cobro del paro, haber mejorado de una incapacidad permanente, haber retornado de prisión (en condenas de al menos seis meses) o haber retornado del extranjero.
-Estar inscrito como demandante de empleo.
-Cumplir el compromiso de actividad con el SEPE.
-Tener derecho a la pensión contributiva de jubilación salvo por el requisito de la edad de jubilación ordinaria.
-Acreditar rentas inferiores en cómputo global al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), ya sea en términos individuales o sumando las rentas de todos los miembros de la unidad familiar y dividiendo entre el número de miembros.
Cuantía y duración del subsidio para mayores de 52 años
Al igual que otros subsidios por desempleo, la cuantía establecida para el subsidio para mayores de 52 años es el 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que ha subido en 2022 un 2,5% para situarse en 463,21 euros mensuales.
La duración del subsidio para mayores de 52 años, no obstante, sí varía frente al resto de subsidios. La razón es que se puede cobrar hasta la edad ordinaria de jubilación, momento en el cual el ciudadano pasaría a cobrar su pensión contributiva de jubilación.
Cuánto se cotiza con el subsidio para mayores de 52 años
El SEPE explica que, mientras cobren el susbidio para mayores de 52 años, las personas beneficiarias mantendrán sus cotizaciones a la Seguridad Social en concepto de jubilación. En concreto, la base por la que cotizarán mensualmente será el 125% de la base de cotización mínima vigente en cada momento.