Economía

Así puedes pedirle un anticipo de sueldo a tu empresa

  • Se trata de un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores...
  • ...pero hay que comprobar que se recoge en el propio convenio colectivo
Foto: Dreamstime.

¿Cuántas veces ha gastado más dinero del que pensaba a principios de mes? Algún gasto imprevisto puede hacer que la nómina se nos quede corta antes de tiempo, y en esos casos lo normal es desear que llegue rápido el momento de cobro del siguiente sueldo. Lo que no todo el mundo sabe es que los trabajadores pueden pedir un anticipo de la próxima nómina antes de que llegue esta fecha.

Se trata de una práctica poco conocida y apenas ejecutada, pero reconocida de pleno en el Estatuto de los Trabajadores, que en su artículo 29 deja claro que "el trabajador y, con su autorización, sus representantes legales, tendrán derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado".

Esto quiere decir que, si llegado el día 15 del mes, el trabajador pide un anticipo a su empresa, podría recibir hasta la mitad del salario mensual. La naturaleza del derecho hace que la concesión por parte de la empresa debe darse de forma rápida, ya que de lo contrario el trabajador pierde el derecho en la práctica.

El texto del Estatuto de los Trabajadores no contempla un límite para la solicitud de anticipos de sueldo, pero sí los restringe a la cantidad ya generada por el empleado referente únicamente a la condición de salario. Esto no atañe a las pagas extraordinarias, por ejemplo.

Este derecho aparece reconocido en el Estatuto de los Trabajadores, que siempre aparece como principal marco regulador. Sin embargo, todos los trabajadores deben acudir al convenio colectivo que afecte a su profesión para saber si este anticipo se permite y bajo qué condiciones se regula.

Los expertos recomiendan realizar este petición ante un superior o directamente ante recursos humanos, dejando constancia de la solicitud por escrito. Se trata de un mecanismo que sirve para documentar esta petición en caso de confusiones o problemas 'a posteriori'.

El caso contrario: qué hacer en caso de retrasos

¿Y en el caso contrario? Puede suceder que, debido a problemas de índole económico, la empresa se retrase en el pago del salario. El Estatuto de los Trabajadores establece que el salario se debe percibir "en la fecha y lugar convenido o conforme a los usos y costumbres" y en todo caso por periodos no superiores al mes.

Así, en esos casos en los que la empresa se retrasa en el pago el trabajador tiene derecho, según explica también la guía laboral del Ministerio de Trabajo, a "percibir un interés del 10% anual por mora sobre el importe del salario".

Y no solo eso: si los retrasos en el pago (o los impagos) se producen de forma continuada y repetida en el tiempo constituyen uno de los motivos por los que el trabajador tiene derecho a dejar la empresa voluntariamente sin perder las indemnizaciones correspondientes al despido improcedente y el cobro del paro.

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