Economía

Estos son los trabajadores que se pueden prejubilar a los 60 años con el 100% de la pensión

  • Esta circunstancia puede darse en el régimen de Clases Pasivas
  • Hay que acreditar un nivel previo de años al servicio del Estado
Foto: Dreamstime.

La gran mayoría de trabajadores que deciden prejubilarse lo hacen asumiendo que su pensión se verá reducida por la aplicación de determinados coeficientes reductores que varían en función de la modalidad de prejubilación. Aunque existen ciertas excepciones.

Es el caso del personal incluido en las Clases Pasivas del Estado, que se rigen por unas normas de jubilación diferentes y tienen la opción de poder prejubilarse a partir de los 60 años y con la posibilidad de cobrar el 100% de la pensión a la que tienen derecho siempre que cumplan con unas condiciones concretas.

¿Qué trabajadores se integran en las Clases Pasivas? La Seguridad Social informa que este régimen se forma de funcionarios de carrera y en prácticas de la Administración General del Estado y de la Administración de Justicia, de las Cortes Generales, "de otros órganos constitucionales o estatales que lo prevean, y transferidos a las Comunidades Autónomas", además de militares de carrera, de Escalas de complemento, de tropa y marinería profesional, caballeros cadetes, alumnos y aspirantes de Escuelas y Academias Militares.

En este grupo también se integran expresidentes del Gobierno, exvicepresidentes del Gobierno, exministros y otros cargos.

Todas estas personas tienen una edad de jubilación ordinaria de 65 años (salvo en algunas excepciones que la elevan a 70, en el caso de docentes universitarios, magistrados, jueces, fiscales o registradores de la propiedad de antes de 2015), pero la ley permite prejubilaciones a partir de los 60 años para aquellos que acrediten al menos 30 años de servicio.

La regulación de las pensiones de las Clases Pasivas del Estado contempla que, en función de sus años de cotización, el trabajador obtiene un porcentaje del haber regulador al que tenga derecho por su pertenencia a uno u otro grupo o subgrupo profesional del régimen. Este haber regulador viene a ser la base reguladora que se aplica a los trabajadores en sus jubilaciones, con la particularidad de que viene expresada en su cuantía anual.

En la base que facilita la Seguridad Social se explica que todos los trabajadores que tengan acreditados 35 años de servicio se tendrá derecho al 100% del haber regulador. Esto significa que un trabajador de 60 años puede prejubilarse con el 100% de la pensión a la que tiene derecho si cuenta con esos 35 años de servicio.

La situación puede ser incluso más beneficiosa para los trabajadores que formen parte del personal de las Cortes Generales, ya que en su caso se permite la prejubilación antes de los 60 años si ya han alcanzado esos 35 años de trayectoria. Si no, podrán hacerlo a partir de los 60 años como el resto.

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