Economía

Los abogados fiscales sustitutos deberán superar un curso

  • No podrán ejercer en fiscalías o cargos que se cubran de forma discrecional
  • Justicia ultima un real decreto sobre sustituciones y medidas de apoyo
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Los abogados fiscales sustitutos que sean nombrados sin haber ejercido nunca con anterioridad funciones de sustitución en una fiscalía deberán superar un curso de formación, una vez que entre en vigor el real decreto por el que se regulará el régimen de sustituciones y medidas de apoyo o refuerzo en el Ministerio Fiscal, que en la actualidad ultima el Ministerio de Justicia.

La intención de esta nueva obligación es que obtengan los conocimientos necesarios para el desempeño cotidiano de las tareas que habrán de realizar cuando sean llamados a este ejercicio.

En la norma se precisa que los abogados fiscales sustitutos no podrán ser llamados a desempeñar sus funciones en aquellas fiscalías, cargos o puestos que hayan de cubrirse mediante nombramiento directo o discrecional.

Asimismo, y salvo circunstancias excepcionales, tampoco actuarán ante la Audiencia Provincial, ni despacharán causas penales de especial complejidad ni asuntos propios de las especialidades, por entenderse que la mayor relevancia jurídica de tales cuestiones justifica que hayan de ser atendidas por fiscales de carrera.

Se regula, de esta forma, un nuevo régimen aplicable a estos profesionales. Se detalla lo relativo al nombramiento, llamamiento y toma de posesión de los abogados fiscales sustitutos, su régimen de incompatibilidades, derechos y deberes, así como el cese de estos.

Finalmente se recogen previsiones respecto a la responsabilidad de los abogados fiscales sustitutos y la posibilidad de que se acuerde la suspensión cautelar de funciones de estos.

Evitar desplazamientos

En la futura norma se regulan los supuestos de traslado temporal en régimen de comisión de servicios con relevación de funciones y el régimen al que se sujetarán. Una vez que se produzca el traslado temporal con relevación de funciones de un fiscal o abogado fiscal no podrá cubrirse la plaza que deje a través de un nuevo traslado temporal, a fin de evitar desplazamientos concatenados que alterarían de forma no querida la estabilidad de las plantillas.

También, se definen las sustituciones o medidas de apoyo o refuerzo sin relevación de funciones. Con carácter general el sistema tendrá ámbito provincial y carácter voluntario, si bien permitirá rebasar el ámbito provincial y cuando las necesidades del servicio lo exijan podrá acudirse a la sustitución forzosa, con carácter excepcional en ambos casos.

Destaca, sobre el procedimiento de selección, la previsión sobre el cupo de reserva para ser cubierto por personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%.

Se adoptará una medida de refuerzo en una fiscalía cuando sea precisa en situaciones de excepcional incremento de las funciones fiscales o cuando lo aconseje la especial complejidad de uno o varios asuntos a despachar.

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