Economía

Así puedes usar tu segunda vivienda para conseguir una paga extra en la jubilación

  • El dinero de su venta se puede invertir en una renta vitalicia
  • Permite el cobro de cuotas periódicas a partir de un pago único
  • Se trata de una opción que tiene diversos beneficios fiscales
Foto: Dreamstime.

Cómo llegar con un buen colchón de dinero a la jubilación para tener un buen tramo final de vida es una de las preocupaciones que más agobian a los trabajadores, especialmente cuando se va acercando el momento. El asunto puede ser más positivo para ellos si tienen una vivienda en propiedad al margen de la habitual e intentan venderla, ya que pueden convertirla en una paga para toda la vida.

La clave está en las rentas vitalicias, mecanismos de ahorro de cara a la jubilación que consisten en la realización, generalmente, de una aprotación única de capital que posteriormente se va devolviendo, con los intereses, de forma periódica, hasta el momento de la muerte y con sus intereses correspondientes. 

La persona que esté interesada en esta modalidad de seguro de vida puede hacer este desembolso si dispone de dinero con el que realizar la aportación, pero en los casos en los que el interesado no disponga de tanto líquido pero sí esté dispuesto a vender una vivienda que no sea la habitual (segunda vivienda), puede usar ese dinero para asegurarse la renta vitalicia.

Así, el dinero obtenido por la transmisión patrimonial de esta segunda vivienda se puede reinvertir en la creación de esta renta vitalicia que se contempla como un complemento muy útil a la pensión de jubilación a la que tengamos derecho cuando acabe nuestra vida laboral.

Aunque este producto no destaca por su rentabilidad, ya que apenas ofrece intereses que rondan el 1%, sí brilla en el aspecto de los beneficios fiscales: la Agencia Tributaria considera las rentas vitalicias como un rendimiento a integrar en la base imponible del ahorro que tiene importantes exenciones en función de la edad con la que se efectúa:

-Los menores de 40 años solo tributan por un 40% del total.

-Las personas de entre 40 y 49 años tributan por un 35% del total.

-Las personas de entre 50 y 59 años tributan por un 28% del total.

-Las personas de entre 60 y 65 años tributan por un 24% del total.

-Las personas de entre 66 y 69 años tributan un 20% del total.

-Las personas con 70 años o más tributan un 8% del total.

Por esta razón, es importante también el momento en el que se efectúa la venta de la segunda vivienda para reinvertir lo obtenido en una renta vitalicia: cuanto más se demore la venta, mayores beneficios fiscales se tendrán, por lo que la opción más viable es acompasar esta operación lo máximo posible al momento de la jubilación.

En este sentido, Hacienda reporta al ciudadano otra ventaja para este tramo de edad: las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales por mayores de 65 años están exentas de tributación en el IRPF siempre que se reinviertan en rentas vitalicias, según informa el organismo.

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