Economía

Estas son las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social de los empleados de hogar

  • El organismo reconoce hasta cinco casos que dan derecho a reducciones
  • En todos ellos hay que acreditarlo con la documentación necesaria
Foto: Reuters.

Las personas que deseen contratar los servicios de una empleada o empleado de hogar han de cumplir con una serie de obligaciones en la Seguridad Social pero, dependiendo de su situación particular, pueden acogerse a diferentes bonificaciones de las cuotas a pagar por estos trabajadores.

El organismo ha elaborado una sección especial para empleadores, empleadas y empleados de hogar en la que desgrana cómo deben ser las altas y bajas, las modificaciones de los datos y, en general, todos los procedimientos al respecto. Se puede encontrar dentro de Import@ss, el nuevo portal de la Seguridad Social.

En concreto, la Seguridad Social recoge todos los casos en los que se pueden dar bonificaciones de la cuota que hay que pagar por la contratación de empleados y empleadas de hogar. Son cinco en total:

-Descuento del 20% si se contrata a trabajadores que no hayan prestado servicio para el empleador o empleadora entre el 2 de agosto y el 31 de diciembre de 2011.

-Descuento del 45% para familias numerosas. Tanto en los casos de familias monoparentales como en las generales y especiales, la Seguridad Social comprobará si los empleadores se encuentran trabajando o incapacitados para hacerlo.

-Descuento del 100% de la cuota si se da de alta a una persona que sea víctima de violencia de género.

-Descuento del 100% si se da de alta a una persona con movilidad reducida.

-Descuento del 100% si se contrata a alguien que sustituya al trabajador habitual por razones de baja por maternidad o riesgo durante el embarazo.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky