Economía

Así es el nuevo complemento de maternidad en las pensiones: requisitos, cuantía y quién lo recibirá

  • Hasta 30.000 madres podrán obtener la ayuda a la que antes no tenían acceso
  • Se elimina el mínimo de dos hijos y se ingresará desde el primero
  • Se pretende reducir con ello la brecha de pensiones entre hombres y mujeres
Foto: Europa Press.
Madrid

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el nuevo complemento de maternidad en las pensiones. Un aspecto clave para el Ejecutivo, con el fin de reducir el 30% de diferencia en las pensiones entre hombres y mujeres y que, además servirá para ayudar a 30.000 madres (también pueden optar a ello padres) que hasta ahora no llegaban a los requisitos exigidos puesto que se concedía a partir del segundo hijo.

La primera medida de la reforma de las pensiones que el Gobierno quiere llevar a cabo a lo largo de 2021 ya es una realidad. El ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, así lo ha confirmado asegurando que este nuevo diseño introduce "progresividad" en la medida y ha recordado que la brecha de género en las pensiones es consecuencia de la caída de las percepciones que se produce en las mujeres después de la maternidad de su primer hijo.

Requisitos

Dejando claro que la ayuda ya se puede demandar desde el nacimiento o la adopción del primer hijo, y no del segundo como era hasta ahora, el Gobierno ha establecido cinco requisitos básicos para la solicitud del complemento: 

1. Estar adscrito a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social.

2. Acceder a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad o viudedad, excluyendo la jubilación anticipada voluntaria.

3. Ser titular de la pensión, al menos, desde el 1 de enero de 2016.

4. El hijo o los hijos deben ser biológicos o estar legalmente adoptados sin límite de edad.

5. Los hijos deben estar inscritos en el Registro Civil Español, aunque hayan nacido en el extranjero.

Cuantía

Desde 2016, este complemento era progresivo, sobre la jubilación percibida, en función del número de hijos (a partir de dos): 5%, para dos hijos, 10%, para tres, y 15%, para cuatro o más vástagos. Sin embargo, desde ahora se sumarán 400 euros anuales por hijo y desde el primero sea biológico o adoptado, lo que beneficiará a 30.000 mujeres que no podían acceder a la ayuda hasta ahora.

Eso sí, este complemento no tiene efectos retroactivos y no puede ser demandada por mujeres que hayan accedido a la pensión antes del 1 de enero de 2016.

¿Quién lo puede recibir?

Como el propio complemento indica, es una ayuda destinada a las mujeres con el fin de recudir la brecha de desigualdad en las pensiones (se pretende que baje del 30% al 5%). Sin embargo, también pueden solicitarlo los padres siempre y cuando se hayan visto más perjudicados en la carrera de cotización, ya que es un complemento que solo puede darse a uno de los dos progenitores.

El Gobierno calcula que el 98% de los casos irá destinado a las madres, que son quienes más sufren estos prejuicios a la hora de tener o adoptar un hijo. Además, en caso de que ninguno de los dos progenitores se hubiese visto perjudicado, por periodos sin cotizar o por reducciones de trabajo, el complemento se adjudicará a la madre.

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Comentarios 8

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Reducir la brecha entre hombres y mujeres ( para eso dicen q es esto???)

Es mejor luchar para q no se produzca esa brecha. Así solo se tratan los síntomas.

Esto es discriminar a los hombres por haber estado trabajando y trayendo el dinero a casa.

Volvemos a marginar por sexos.

Lo siento pero tanto has cotizado tanto tienes derecho de cobrar.

Esto es una jugada de trileros para conseguir votos femeninos.

Brecha la que hay entre los cotizantes currantes y los vividores de lo ajeno.

Puntuación 36
#1
Tonior
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No sé si lo entiendo bien:

Si una mujer tiene 3 hijos, dedicándose casi toda su vida a dedicarles su tiempo, no tiene derecho por no tener acceso a pensión contributiva;

Sin embargo, una mujer que tenga un hijo y solo se coja la baja por maternidad, desarrollando una vida profesional completa, sí tiene derecho a cobrar ese suplemento.

¿Qué me falla?

Puntuación 5
#2
Usuario validado en Google+
Antonio Romero
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No sé si lo entiendo bien:

Si una mujer tiene 3 hijos, dedicándose casi toda su vida a dedicarles su tiempo, no tiene derecho por no tener acceso a pensión contributiva;

Sin embargo, una mujer que tenga un hijo y solo se coja la baja por maternidad, desarrollando una vida profesional completa, sí tiene derecho a cobrar ese suplemento.

¿Qué me falla?

Puntuación 8
#3
Usuario validado en elEconomista.es
manuel.gayanvila
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¿Y porque se discrimina a las mujeres que se han jubilado antes de 2016?. ¡Ah, claro!, esto es publicidad electoral de un partido pagada con el dinero de todos los españoles?

Puntuación 16
#4
El economista
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Paguitasss paguitas para todesss

Puntuación 15
#5
hip
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Como siempre la IGUALDAD por los cojones.

Puntuación 13
#6
x
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A ver si los periodistas piensan un poco por si mismos y no se dedican a propagar los bulos del gobierno (sea del signo que sea).

Esta modificación del complemento es un RECORTE A LAS PENSIONES, disfrazado de avance en la disminución de la "brecha de género". Y digo recorte pues todas las nuevas jubiladas con 2 o más hijos que tendrían una pensión superior a 930€ mensuales, verán disminuida su pensión. Asi de claro. Sólo es cuestíon de echar números y leer el BOE. Por que además ese complemento no es idenfinido, sino que se extiguirá cuando el gobierno de turno lo desee (leer BOE)

Puntuación 4
#7
JESUS
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Buenos Días.

El nuevo complemento de maternidad, en las pensiones, NO EXCLUYEN LA JUBILACION VOLUNTARIA ANTICIPADA.

«Artículo 60. Complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género.

1. Las mujeres que hayan tenido uno o más hijos o hijas y que sean beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad, tendrán derecho a un complemento por cada hijo o hija, debido a la incidencia que, con carácter general, tiene la brecha de género en el importe de las pensiones contributivas de la Seguridad Social de las mujeres. B.OE 2/2/21.- En el derogado articulo 60 de la Ley 2.025 si lo decía. Gracias

Puntuación 0
#8