Economía

Las empresas podrán ser multadas con hasta 6.250 euros por no formalizar el acuerdo de trabajo a distancia

  • La nueva norma modifica la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social
  • El decreto no es aplicable al teletrabajo derivado de las medidas por el covid
Foto: iStock

Las empresas que no formalicen por escrito el acuerdo de trabajo a distancia con los trabajadores aprobado este martes por el Consejo de Ministros podrán ser multadas con entre 626 y 6.250 euros, según establece el decreto-ley sobre el trabajo a distancia publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En concreto, la norma modifica la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS) para considerar como "infracción grave" la no formalización del acuerdo del trabajo a distancia, equiparando esta situación con la no formalización por escrito del contrato de trabajo.

Lo segundo ya estaba tipificado en la LISOS como una infracción grave. Con la aprobación de la ley que regula el teletrabajo, que entrará en vigor en 20 días, ahora también se considerará infracción grave no formalizar el acuerdo de trabajo a distancia.

El artículo 7.1 de la LISOS establece que se considerará infracción grave en materia de relaciones laborales "no formalizar por escrito el contrato de trabajo, cuando este requisito sea exigible o lo haya solicitado la persona trabajadora, o no formalizar el acuerdo de trabajo a distancia en los términos y con los requisitos legal y convencionalmente previstos".

Cabe señalar, no obstante, que el decreto contempla que al trabajo a distancia implantado excepcionalmente como consecuencia de las medidas de contención sanitaria derivadas de la pandemia, y mientras éstas se mantengan, le seguirá resultando de aplicación la normativa laboral ordinaria. Eso no quita que las empresas estén obligadas a dotar a los trabajadores de los medios, equipos y herramientas que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario. La negociación colectiva, en su caso, establecerá la forma de compensación de los gastos del 'teletrabajador' durante la pandemia, si existieran y no hubieran sido ya compensados.

En cualquier caso, las multas recogidas en la nueva norma por las citadas infracciones se sitúan entre los 626 y los 1.250 euros en su grado mínimo; entre 1.251 a 3.125 euros en su grave medio; y entre 3.126 y 6.250 euros en su grado máximo. Las infracciones no pueden ser objeto de sanción sin la instrucción previa del oportuno expediente, a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La inclusión de estas multas en el citado artículo 7 ya se preveía en los borradores que ha ido redactando desde hace semanas el ministerio de Trabajo. El departamento que encabeza Yolanda Díaz ha insistido durante las negociaciones con los agentes sociales en la necesidad de que quedase formalizado por escrito el acuerdo entre el trabajador y la empresa a la hora de optar por el teletrabajo.

comentariosicon-menu6WhatsAppWhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinlinkedin
arrow-comments

Comentarios 6

En esta noticia no se pueden realizar más comentarios

¡Qué bien!
A Favor
En Contra

Otra preocupación burocrática más para las empresas. Perfecto para una situación como la actual.

Puntuación 18
#1
vio
A Favor
En Contra

Lo primero que tiene que hacer el gobierno es formalizar el contrato de teletrabajo con sus propios funcionarios, y en caso de que no se lleve a término correctamente que se les expulse automáticamente del gobierno por inútiles. Primero que de ejemplo la administración, todas las administraciones que tenemos, y luego y en función del resultado y de las modificaciones que haya que hacer, ya se extenderá a las empresas.

Puntuación 16
#2
Robespierre
A Favor
En Contra

Nada de multas, a limpiar hospitales y residencias de ancianos hasta que se conciencien de cuál es la situación de otros que nos tan jóvenes no tan estupidos como ellos.

El dinero no puede comprar la impunidad.

Puntuación -10
#3
TEO
A Favor
En Contra

¡Qué bien! una más de los cientos de procedimientos burocráticos; (laborales, contables, fiscales, seguridad, ambientales, ....) que ya son imposibles de cumplir y cuando te esfuerzas y te pones al día te los cambian....

Jóvenes ni se os ocurra montar un negocio a no ser que sea unipersonal (autónomo), lo mejor opositar o empresa pública . Lo siento mucho, pero esto es lo que se están buscando, antes lo de ser emprendedor era un reto apasionante ahora es un carrera de obstáculos imposibles y continuos

Puntuación 17
#4
Lefuy
A Favor
En Contra

A los que generan riqueza y empleo cada día les ponen más trabas,en vez de llegar acuerdos para bajarles gastos varios sobre todo fiscales a cambio de subida salarial hacemos acuerdo para esto

Puntuación 5
#5
incredulo
A Favor
En Contra

Es lo mejor que le puede pasar a las empresas en estos momentos. Aguantar las chulerías y amenazas de un Gobierno. La verdad es que para ser empresario en España hay que estar loco, o ser un héroe.

Puntuación 10
#6