Economía

Hacienda aprovecha el confinamiento de los extranjeros en España para cobrarles impuestos

  • Mantiene el límite de 183 días para considerarles residentes fiscales
  • Las restricciones del Gobierno les impiden el regreso a sus países
  • La OCDE pide a los países que paralicen el contador por "fuerza mayor"
Un pasajero mira la lista de vuelos, cancelados en su mayor?a por la crisis del coronavirus. eE

Hacienda aprovecha el confinamiento de los extranjeros a los que ha sorprendido la crisis del coronavirus en sus segundas residencias en España y no pueden regresar a sus países para exigirles el pago de impuestos. La Agencia Tributaria mantiene, en contra de las recomendaciones de la OCDE, la obligación de residir fuera de España 183 días para evitar que Hacienda considere a estas personas como residentes fiscales en España de manera automática y les obligue a liquidar con el fisco español.

Las restricciones de movilidad decretadas por el Gobierno, y articuladas a través del estado de alarma, han provocado que estas personas con residencia fiscal en el extranjero queden atrapadas en el país. De esta forma, muchos terminarán acumulando mucho tiempo de permanencia, más de los 183 días, tras sumar lo que duren esas restricciones y el tiempo que hayan permanecido en España antes y después de las mismas.

Huidas estrambóticas

La situación ha hecho saltar todas las alarmas entre los extranjeros a los que el confinamiento ha cogido dentro de las fronteras españolas. Muchos se las han ingeniado para abandonar el país por medios poco habituales. "Hace unos días, un cliente, desesperado, tuvo que afrontar un largo viaje hacia su país, con muchas complicaciones y varios barcos para no acumular permanencia en España y no poder ser considerado residente fiscal aquí", destaca el fiscalista Alejandro del Campo, socio de DMS Consulting en Mallorca, con una gran cartera de clientes extranjeros. "Ante el inminente fallecimiento de un familiar, podría incluso tener que haber respondido por Sucesiones", destaca.

La consecuencia de permanecer 183 días en suelo español es la aplicación inmediata del artículo 9 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El extranjero se convierte así en contribuyente español y la Agencia Tributaria le exigirá liquidar, entre otros impuestos, el IRPF sobre todas sus rentas mundiales.

Hacienda exigirá el Impuesto sobre Patrimonio sobre aquel que tengan en todo el mundo y Sucesiones de cualquier herencia que reciban en cualquier país 

Además, Hacienda les obligará también a pagar el Impuesto sobre el Patrimonio -salvo a aquellos extranjeros que residan en Madrid, que lo tiene bonificado, de momento, al 100%-, también sobre el patrimonio que tengan en todo el mundo. Este impuesto no existe en la inmensa mayoría de países del entorno.

Como en España, los extranjeros también afrontan la muerte de familiares a causa del coronavirus. Si esta situación les sorprende en el país, y pasan este año 183 días en España, estarán obligados a tener que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por cualquier herencia o donación que reciban en cualquier lugar del mundo.

Además la aplicación del artículo nuevo de la Ley del IRPF implica la presentación del Modelo 720 de Hacienda. Esta declaración obliga a informar sobre todos los bienes y derechos que el contribuyente tenga en el extranjero, ya sean cuentas, valores o inmuebles, si cualquiera de esos grupos de bienes supera los 50.000 Euros.

El Secretariado General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha pedido ya a los países que paralicen el contador. La OCDE considera que la pandemia es una causa de fuerza mayor que impide que las personas puedan moverse entre los distintos países, según apunta en su documento de recomendaciones Analysis of Tax Treaties and the Impact of the Covid-19 Crisis.

Los países paran el contador

La OCDE insta a las administraciones tributarias a seguir las prácticas de algunos países miembros, como Australia, Reino Unido o Irlanda. Las autoridades fiscales de estos países han manifestado su intención de ignorar los días de presencia en su territorio de personas físicas como los trabajadores, agentes, ejecutivos o administradores.

Aunque las notas del Secretariado de la OCDE no reflejan necesariamente la posición oficial de los países miembros de la Organización, sus argumentos están basados en el Modelo de Convenio, en el que tiene valor interpretativo.

"La DGT debería considerar que esta crisis sanitaria es una causa de fuerza mayor que les impide regresar", explica el fiscal Javier Gómez Taboada

"En España, la Dirección General de Tributos (DGT) debería seguir las recomendaciones de la OCDE, y la praxis de otras Administraciones de nuestro entorno, en el sentido de entender que la crisis sanitaria es una causa de fuerza mayor y, como tal, no habría de tener incidencia en la residencia fiscal de aquellas personas cuyos movimientos se han visto limitados en contra de su voluntad", considera el fiscalista Javier Gómez Taboada, socio de Maio Legal.

Por su parte, Esaú Alarcón, socio de Gibernau Asesores, sostiene que, pese al intento de Hacienda de cobrar impuestos a estas personas, se podría litigar si llega el caso. A su juicio, dentro del concepto jurídico indeterminado de "ausencias esporádicas", cabría entender incluido el período de confinamiento en España o en una comunidad autónoma que no fuera la de la residencia habitual. "Ahora bien, la carga de la prueba le corresponde al contribuyente y debería hacer lo posible para, finalizado el período de alarma, regresar lo antes posible a su domicilio para así demostrar su intención", recomienda Alarcón.

"Al final, se trataría de que estos días computaran en el cálculo de los 183 como si correspondieran al territorio de residencia habitual, al menos desde el estado de alarma o bien desde el momento en que el pueda acreditar que tenía pensado regresar y no pudo", concluye.

También afecta entre autonomías

El límite de los 183 días de estancia para considerar donde tiene una persona su residencia fiscal se aplica también a nivel nacional, entre las distintas comunidades autónomas, en impuestos directos como el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)  y el Impuesto sobre el Patrimonio (IP). En este último, tiene especial trascendencia la comunidad autónoma del contribuyente, puesto que algunas lo gravan con más del 3% mientras en la Comunidad de Madrid está bonificado al 100%.

"Puede haber gente que no ha podido moverse", señala Esaú Alarcón. "Imaginemos una persona que trabaja en Barcelona y reside en Madrid fiscalmente porque pasa más días en esta última comunidad. Si el estado de alarma le pilló en Barcelona, a lo mejor no pudo regresar a Madrid", explica. "Hay familias con dos cónyuges con residencias distintas. Uno de ellos habrá podido estar afectado. No son casos comunes, pero pueden darse excepcionalmente", indica.

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Comentarios 17

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la pela
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Con los extranjeros y a ver qué gobierno tiene narices de meterse con la economía sumergida de verdad, hay que reducirla como sea, en especial a las fortunas que más generan, se nos han visto las deficiencias y si no colaboramos todos, se desplomarán muchos servicios que tenemos. Y no vale decir tiro yo hacia delante y que se fastidien los demás como es el eslogan de algunos.

Puntuación -27
#1
Ni 1.
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Es que no toman ni una medida beneficiosa para la economía de España.

Puntuación 32
#2
ciudadano
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Es necesaria la colaboración ciudadana, más que necesidad es un deber:

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/ZZ06.shtml

5 modelos de denuncias tributarias.

Recuerda que lo que no paguen otros lo vas a tener que pagar tú.

Puntuación -38
#3
Que SINVERGUENZAS
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Este es un país que lo dirigen sinvergüenzas.

Puntuación 33
#4
España, paí­s curioso
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Cualquier norma o ley que se está haciendo está encaminada a ESPANTAR la inversión y la economía. Tienen una mano como la de un cerdo.

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#5
PERROFLAUTAS
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Jajajajaaj madre mía, son acojonantes los sociatas y su voracidad tributaria.

Puntuación 26
#6
Que bonito es
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Con lo bonito que seria tener un sistema fiscal justo y no abusivo, la gente ni se plantearia estar jugandosela.

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#7
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Una frase que le oí a Buenafuente :EL DINERO ES UN PROBLEMA SI LO TIENES COMO SI NO LO TIENES.

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#8
AROUND THE WORLD
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La Agencia Tributaria cierra sus oficinas por el Coronavirus.

También paraliza los plazos de los procedimientos.

Pero mira por donde en este caso los plazos siguen corriendo como si todo fuera normal.

Y luego hablamos que los Ingleses eran/son unos piratas . . . . .

Puntuación 22
#9
Nicaso
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Todo de lo más anacrónico. Hay cosas que parecen pensadas con los pies y esta es una de ellas. Algunos terminarán yéndose a nado si pueden. Eñ fisco es impasible te persigue hasta despues de muerto. Entre nacionales la misma papeleta, si te cogió en tu nido veraniego con la misma película. Si el coronavirus se queda entre nosotros más de 183 días gual lo declaran residente. En fin, un conjuno de despropósitos sin sentido alguno.

Puntuación 15
#10
David
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Madre mía, osea que están intentando sacar rendimiento de la tragedia... ¿Estos son los socialistas, los que miran por las personas en vez de por el dinero?

Es lamentable. Si el país está parado por 2-3 meses con medidas que no permiten salir del país, lo lógico es que esos meses no cuenten.

Al fin y al cabo, esta pandemia es algo excepcional y no se va producir más en otros 100 años y no creo que la gente esté confinada por gusto.

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#11
a
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Me parece una buena medida

Puntuación -12
#12
jose luis
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Yo no se si el que ha escrito el articulo es tonto, ignorante ó malo (de maldad)

Hasta donde yo sé, el año fiscal en España es de Enero a Diciembre, es decir que para el IRPF de 2020, quedan más de 30 días

Si un extranjero, no quiere tributar en España y volver a su pais, puede pedir la repatriación a traves de su Embajada ó Consulado y seguro que en menos de un mes lo consigue (igual que está haciendo el Ministerio de asuntos Exteriores español con sus nacionales)

Eso si, cuando llegue a su pais, tendrá que pasar la cuarentena, que su pais tenga establecida, por volver de un pais con riesgo de contagio

Puntuación 2
#13
César
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Pero, ¿no se dan cuenta que los que quedan obligaos son los que no tienen otra opción? Los ricos se han pirado a la primera de cambio.

Estos van a terminar haciendo bueno a Montoro...

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#14
Usuario validado en elEconomista.es
BearcatF8
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JAJAJA... Pero que payasos son los de Hacienda. El extranjero que pillen con esa regla sin sentido común para estas circunstancias, aparte de ganar el caso en los tribunales, no volverá por aquí y hará que muchos amigos y familiares tampoco. Como siempre los payasos dando prioridad al corto plazo con una regla estúpida teniendo en cuenta las circunstancias y fastidiando el futuro del país. Muy propio de ellos.

Puntuación 4
#15
Fer
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Me parece un articulo tendencioso, y sensacionalista. La AEAT no se ha pronunciado en ese sentido. Ademas, en relación con el transcurso del tiempo en una CCAA distinta a consecuencia del COVID, dificilmente otorgaría de forma automática la vecindad civil donde este te haya pillado...

Puntuación -2
#16
Fer
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Vaya por delante que no soy pro Administración, pero este artículo, además de carecer de rigor técnico-tributario, de entrada, sólo por el título merece una demanda por ser directamente incierto, e intentar generar un problema donde todavía no hay supuesto alguno.

Además, atribuir a la AEAT una posición sobre una situación en concreto, con el único argumento de que aquella no se ha pronunciado sobre el la misma, es pueril y vacío de contenido, y "contribuye a teñir la prensa sipia en rosa".

Para acabar, teletransportar, como dice aquel iluminado, la situación a la tributación entre Comunidades Autónomas, es no haber entendido nada en relación a los puntos de conexión del Impuesto sobre el Patrimonio o, en su caso, del Impuesto de Sucesiones... por favor, seamos serios...permanencia, centro de intereses, última residencia declarada, vecindad civil,....

Una cosa es que nos aburramos en el confinamiento y escribamos por no saber que hacer, o nos vendan lo de la inmunidad de la manada, pero lo que no comparto es lo de la inmunidad de los idiotas...

Puntuación 1
#17