
Los vehículos con etiqueta ambiental Cero y Eco estarán excepcionados y podrán entrar a Madrid Central, el gran Área de Prioridad Residencial (APR) de Centro que entrará en vigor en noviembre, ha informado la delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés, en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno, donde se ha aprobado inicialmente la ordenanza de Movilidad Sostenible.
En la ordenanza se regulan los criterios de acceso y normas del área de acceso restringido Madrid Central, a la que podrán acceder, circular y aparcar libremente por ella los vehículos de los residentes y sus invitados, las bicicletas, los vehículos de personas con movilidad reducida, los servicios públicos esenciales, sanitarios y de emergencias, los vehículos Cero emisiones y, como novedad, los de etiqueta ECO de la Dirección General de Tráfico (DGT). Claves del distintivo medioambiental.
Podrán acceder, en función de su uso y la etiqueta ambiental del mismo, los vehículos de contratistas de las administraciones que presten servicios públicos básicos, los taxis, y los vehículos de arrendamiento con conductor con servicio previamente contratado en la zona, los que presten servicios a la zona, y las motocicletas y los ciclomotores.
Por su parte, los vehículos de no residentes con etiquetas C y B (gasolina matriculados desde enero del 2000 y diésel a partir de enero de 2006) solo podrán circular en caso de que se dirijan a un aparcamiento rotación situados dentro del área. Los coches sin etiqueta medioambiental -anteriores a dichas fechas- no podrán ni circular ni aparcar en la APR, lo que afecta al 38% del parque automovilístico español.
Asimismo, se limita a 30 km/h la velocidad de circulación en las calles de un único carril por sentido.
Respecto a las motocicletas, podrán aparcar en la acera donde no exista banda de estacionamiento en la calzada si dejan más de tres metros libres. Respecto a los patines, patinetes y monopatines que podrán circular por carriles bici y ciclocalles -a diferencia de lo que sucede con la actual ordenanza- y por las aceras solo a velocidad de peatón.
Normativa para bicicletas
Por otra parte, se ha regulado la circulación de bicicletas, que podrán circular en sentido contrario en ciclocalles y calles residenciales (las que limitan la velocidad a 20 kilómetros por hora), así como girar a la derecha con el semáforo en rojo.
También establece los requisitos mínimos para los nuevos sistemas de alquiler de bicicletas sin base fija que han proliferado en la capital, cuya regulación concreta se realizará más adelante, y se prohíbe además la circulación de vehículos a pedales para más de tres personas, por lo que en cuanto entre el texto en vigor quedarán prohibidas las bicibirras.
El Gobierno de Manuela Carmena establece un tipo de aparcamiento regulado distinto al Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), aplicable en barrios cercanos a la almendra central, en la que habrá espacio de aparcamiento para los residentes y se limitará a un máximo de dos horas el tiempo de aparcamiento máximo para los visitantes.
Los hospitales y otros centros sanitarios podrán solicitar que se permita el aparcamiento en el SER a los pacientes y acompañantes en períodos más extendidos.
La ordenanza prevé novedades para los aparcamientos gestionados por la EMT o los de nueva creación, cuyas tarifas cambiarán en función de lo contaminantes que sean los vehículos.
En febrero se abrió la fase de consulta previa a la ciudadanía tras 17 reuniones con colectivos y asociaciones vecinales para redactar un primer borrador que también ha sido corregido con las aportaciones de colectivos en 7 reuniones, según ha dicho la delegada Inés Sabanés.
Con la aprobación inicial en Junta de Gobierno se abre el plazo de un mes para la presentación de alegaciones, tras lo cual se aprobará de forma definitiva por el Gobierno municipal y después se llevará al Pleno municipal, previsiblemente en septiembre, según ha especificado la delegada.