
El Real Madrid no tendrá que devolver al Ayuntamiento de Madrid, 18,4 millones que la Comisión Europea consideraba que eran ayudas de Estado, por la sobrevaloración de una parcela que formaba parte de un intercambio de terrenos entre el club de fútbol y la Corporación municipal en 2011, con la reforma del Estadio Santiago Bernabéu de fondo.
En su sentencia de hoy, el Tribunal General de la Unión Europea considera que la Comisión no probó de modo satisfactorio que la medida de que se trata hubiese conferido una ventaja al Real Madrid. La concesión de una ventaja al beneficiario es una de las condiciones acumulativas necesarias para que una medida pueda ser calificada de ayuda de Estado. Al no cumplirse, la Comisión no podía considerar que hubo una ayuda de Estado ilegal.
En este caso, el Real Madrid solicitaba ante el Tribunal General que se anulase la Decisión (UE) 2016/2393 de la Comisión de 4 de julio de 2016, que exigía la devolución al Ayuntamiento de Madrid por una sobrevaloración de una transacción de terrenos de 18,4 millones de euros.
El Real Madrid ha alegado que Bruselas se equivocó al declarar que el acuerdo de 2011 con el Ayuntamiento dio lugar a una ventaja económica
El Real Madrid ha alegado en su defensa, que la Comisión se equivocó al declarar que el acuerdo de 2011 con el Ayuntamiento dio lugar a una ventaja económica y, en consecuencia, a una ayuda de Estado en favor del Club. También, argumentaba que Bruselas cometió graves errores de apreciación al basar su conclusión en un informe pericial carente de valor probatorio y rechazar el resto de valoraciones de la parcela de Las Tablas.
Y, finalmente, defendía que Bruselas no estimó el valor de los inmuebles cedidos al Real Madrid en virtud del Acuerdo Transaccional de 2011 en concepto de indemnización, sino que aplicó el valor atribuido a los mismos por el Ayuntamiento, a pesar de que la propia Comisión rechazó de plano otras valoraciones realizadas por el Ayuntamiento con base en esta misma metodología.
Los primeros argumentos de la defensa jurídica madridista han sido rechazados por el Tribunal, acogiendo únicamente el tercero de ellos.
Intercambio de parcelas
En diciembre de 1991, la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid (cuyo alcalde era José María Álvarez del Manzano) y el Real Madrid (con Ramón Mendoza de presidente) firmaron un convenio para remodelar el Estadio Santiago Bernabéu. En noviembre de 1996 ambas partes suscribieron un convenio de permuta de suelo, con un nuevo acuerdo en mayo de 1998 (con Lorenzo Sanz como presidente del Real Madrid), para ejecutar la permuta.
Este convenio estipulaba que el Real Madrid cedería ciertos terrenos al Ayuntamiento de Madrid y que, en contrapartida, este último cedería al club de fútbol terrenos por un importe equivalente, por un valor aproximado de 13,5 millones de euros. Las parcelas se encontraban en la zona de Julián Camarillo Sur y otra de ellas en Las Tablas, esta última parcela en 595.194 euros.
El IBI todavía pendiente
En julio de 2011 (siendo alcalde Alberto Ruiz-Gallardón y presidente del equipo blanco Florentino Pérez), ambas partes suscribieron un nuevo acuerdo ante la imposibilidad jurídica de ceder la parcela de Las Tablas al Real Madrid. Como consecuencia de ello, el Ayuntamiento decidió compensarle con una cantidad equivalente a su valor, para lo que los servicios técnicos municipales estimaron el valor de la parcela en 22,7 millones de euros.
A la deuda para con el Real Madrid por esta parcela, se le sumaron otros 92.037 euros, por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) abonado por el Club desde 2002 por la citada parcela. Además, se le restaron 2,8 millones de euros que debía abonar en virtud del convenio de 1991, lo que arrojó un saldo a favor del Club de 19.9 millones de euros. El resultado final de los acuerdos, fue un crédito neto restante de 8,04 euros a favor del Club frente al Ayuntamiento de Madrid.
En el contexto de esta transacción, el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid modificaron el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.
Recuperar los bienes
En diciembre de 2011 la Comisión Europea fue informada de la existencia de unas presuntas ayudas estatales en favor del Real Madrid bajo la forma de una transmisión ventajosa de ciertos bienes inmuebles, por lo que en diciembre de 2013 inició un procedimiento de investigación.
El Ejecutivo comunitario llegó a la conclusión preliminar de que la compensación concedida al Real Madrid por el Ayuntamiento de Madrid en virtud del acuerdo transaccional de 2011 constituía una ayuda estatal en favor del Club y exigió datos de si era efectivamente imposible para el Ayuntamiento de Madrid entregar la parcela y sobre las consecuencias potenciales de tal imposibilidad con arreglo al Derecho español.
La Comisión solicitó igualmente precisiones sobre el valor de las parcelas incluidas en el acuerdo transaccional de 2011 y en el convenio urbanístico de 2011. En su citada Decisión de 4 de julio de 2016, la Comisión declaró incompatible con el mercado interior la ayuda estatal por importe de 18.418.054 euros, concedida ilegalmente el 29 de julio de 2011 por España al Real Madrid, infringiendo el artículo 108.3 del TFUE.
Bruselas dispuso que España debía recuperar del Real Madrid la mencionada ayuda y estimó además que un operador en una economía de mercado en una situación comparable a la del Ayuntamiento de Madrid no habría celebrado el acuerdo transaccional de 2011.