Declaración de la renta

IRPF para jubilados: así tributan la pensión pública y la privada

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Son muchos los jubilados españoles que ya no están obligados a realizar su Declaración de la Renta. Se calcula que más de un 60% de ellos está exento de pagar el IRPF, según cálculos de los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). Es así siempre que se obtengan ingresos inferiores a los 12.000 euros al año, y que estos provengan de un único pagador. Es decir, que si recibe una pensión pública superior a esa cifra o si se rescata, por ejemplo, un plan de pensiones o un plan de previsión asegurado (PPA), sí tendrá que realizarse la Declaración, por mucho que se esté jubilado. | Consulte nuestro especial Declaración de la Renta 2018.

Las prestaciones recibidas del Estado tributan como si se percibiera una nómina, es decir, como un rendimiento del trabajo al que se le aplica el tipo marginal que corresponda en función de la renta total ingresada, que va desde el 19% al 45%. A partir de ahí, la factura fiscal varía según los complementos a los que se recurra para reforzar la pensión pública: planes de pensiones, PPAS, PIAS, fondos de inversión, seguros unit linked, etc.

En España hay unos 9,5 millones de partícipes en planes de pensiones, y todos los expertos coinciden a la hora de recomendar que los rescates del dinero aportado, tanto a estos productos como a PPA, se realicen como renta vitalicia y no en forma de capital, salvo circunstancias concretas. Así lo hizo el 44% de los partícipes que realizaron reembolsos en 2017, según datos de la Dirección General de Seguros, frente al 29% que sacó su dinero de una sola vez. En ambos casos, estos rescates tributan como rendimientos del trabajo, por lo que, si se recupera el dinero de golpe, esto podría elevar mucho el tipo marginal a pagar.

No obstante, hay excepciones, y justo a finales del año pasado fueron muchos los que rescataron el dinero de su plan por una razón. Las prestaciones del cuarto trimestre crecieron un 28,67% respecto a las pagadas en el mismo trimestre del año previo, y "la causa de este incremento se explica, en buena parte, por la finalización del plazo para acogerse a la reducción del 40% (...); la Ley 26/2014 establecía un régimen transitorio para éstas que finalizaba el 31 de diciembre de 2018", explican desde la Dirección General de Seguros. Esto es que, para aquellos que se jubilaron en 2010 o antes, ya no es posible acogerse a la deducción de ese 40% al rescatar un plan como capital, pero si se jubiló el año pasado "analice si tiene derecho a aplicar la reducción del 40% en lo correspondiente a prestaciones percibidas en forma de capital por aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006. Solo podrá beneficiarse de la reducción por lo rescatado en forma de capital durante 2018 o por lo que prevea rescatar de esta manera en los dos ejercicios siguientes", añaden desde el REAF-REGAF del Consejo General de Economistas. Si es así, sí puede interesar esta vía de rescate.

Todo esto no es aplicable a otros productos de ahorro a largo plazo, con los que puede complementarse la pensión pública. Si se ha preparado para la jubilación mediante planes individuales de ahorro sistemático (PIAS), existe la posibilidad de que los rendimientos queden totalmente exentos de tributar siempre que el rescate sea como renta vitalicia; lo más común suele ser a través de un seguro. En caso contrario, lo recuperado en estos productos tributaría como renta del ahorro, donde los tipos son inferiores a los rendimientos del trabajo: la escala es del 19% para los primeros 6.000 euros; del 21% los 44.000 euros siguientes, hasta 50.000 euros; y del 23 para los importes superiores a esa última cifra.

En el caso de haber tirado del ahorro puesto en un fondo de inversión o un unit linked, recuerde que estos también forman parte de las rentas del ahorro, así como las cuentas ahorro 5 (CIALP y SIALP). Los unit linked, que normalmente invierten en una cesta de fondos, también tienen la particularidad de disponer de bonificaciones fiscales si se rescatan como renta vitalicia.

Si no ha construido ahorro 

Además de los productos de ahorro privado, hay una gran ventaja que pueden aprovechar los mayores de 65 años. Desde Gestha destacan las exenciones disponibles para las ganancias patrimoniales con la venta de cualquier tipo de bien –acciones, bonos, fondos de inversión, segundas viviendas, etc.– Así, aquellos que obtuvieron liquidez con alguna venta para completar su pensión pública no tributarán por las plusvalías, siempre que cumplan con una serie de condiciones. Que "el importe de la venta se destine a la creación de una renta vitalicia asegurada, con un límite de 240.000 euros y en un plazo de seis meses", recuerdan desde Gestha.

Es una opción que va ganando terreno desde que se incorporó esta ventaja fiscal en la última reforma del IRPF. Según datos de Unespa, un total de 26.711 personas transformaron su patrimonio en seguros de renta vitalicia durante el año pasado, un 50% más que en el ejercicio anterior.

La renta vitalicia se ha convertido así en una de las alternativas para aquellos que no ahorran para su pensión durante la vida laboral. Son seguros de vida dirigidos principalmente a personas mayores, donde la aseguradora garantiza al tomador del seguro una renta periódica hasta su fallecimiento, a cambio del pago de una prima y con una rentabilidad fija que va en función de la esperanza de vida del tomador y la periodicidad del pago acordado.

Si se ha optado por esta vía, a partir de los 60 años, por ejemplo, solo tributa el 25%; desde los 66 años, el 20%; y ese porcentaje cae hasta el 8% en el caso de los mayores de 70 años.

Las cifras

Qué debe saber sobre los planes de pensiones

La fiscalidad del plan de pensiones, así como la del plan de previsión asegurado (PPA), es muy diferente a la del resto de productos de ahorro, ya que tributa al tipo marginal del IRPF al considerarse como rendimientos del trabajo y no como rentas del ahorro.

8.000 euros

Es la cantidad máxima que puede deducirse un contribuyente de sus aportaciones a planes de pensiones -siempre que no supere el 30 por ciento Qué debe saber sobre los planes de pensiones de la suma de los rendimientos del trabajo-, por lo que fiscalmente no conviene aportar más al año.

10 años

Respecto a los rescates, en la última reforma fiscal se introdujo la novedad de poder recuperar el dinero aportado a un plan una vez transcurridos diez años, sin necesidad de otro supuesto como la jubilación o el desempleo de larga duración. Los primeros rescates por este motivo podrán hacerse a partir de 2025.

40%

Es el coeficiente de reducción al que pueden acogerse algunos contribuyentes al rescatar su plan de pensiones como capital si cumplen las condiciones previstas. Si se jubiló el año pasado, dispone de dos años como máximo para el rescate en forma de capital en prestaciones realizadas antes de 2007.

Fiscalidad de otras opciones de ahorro a largo plazo

Los planes de pensiones no son los únicos vehículos para canalizar el ahorro a largo plazo, aunque sí los que permiten deducciones fiscales con las aportaciones. A la hora de rescatar el dinero de otros instrumentos financieros, la mayoría se trata como renta del ahorro.

19-21-23%

Es el tipo al que tributará si complementa su pensión pública sacando su dinero de un fondo de inversión, un plan individual de ahorro Fiscalidad de otras opciones de ahorro a largo plazo sistemático (PIAS), un seguro de vida ahorro o un unit linked -estos últimos tienen bonificaciones fiscales si se rescatan como renta vitalicia-.

240.000 euros

Los mayores de 65 años pueden acogerse a una exención que permite no tributar por las ganancias patrimoniales de cualquier bien -acciones, fondos, segundas viviendas, etc.- siempre que estas se reinviertan como renta vitalicia en un plazo de 6 meses y con un límite de 240.000 euros.

8%

Precisamente por la exención para mayores de 65 años introducida en la última reforma, las rentas vitalicias han despertado más interés. Son seguros de vida que, por ejemplo, a partir de los 60 años solo se tributa por el 25%; desde los 66 el 20%; y en el caso de mayores de 70 años solo el 8%.

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