
El bono alquiler es una herramienta con la que el Estado trata de favorecer el acceso a la vivienda de alquiler a los jóvenes españoles. Desde hace unos pocos años, y gestionado por las comunidades autónomas, da un respiro por un plazo máximo de dos años a las personas que lo cobran. Ciudadanos que, debido a esta ayuda, pueden verse en la obligación de declarárselo a Hacienda en la Campaña de la Renta que ahora mismo tiene lugar en España.
La Organización de Consumidores y Usuarios ha lanzado un aviso en su página web a todas las personas que han percibido esta ayuda: el hecho de cobrar la ayuda puede hacer obligatoria la entrega de la declaración de la Renta, incluso si no llegan al mínimo de ingresos.
"Como ocurre con muchas ayudas públicas, el bono para el pago del alquiler se considera una ganancia patrimonial para quien la recibe y en principio debe incluirse en la declaración de la Renta", informa la organización. En concreto, todas las personas que percibiesen 1.000 euros o más en concepto de bono alquiler tendrán que entregar la Renta de forma obligatoria "sin importar la cuantía de su salario".
La OCU recalca que también será obligatorio "si recibiste el bono por menos cantidad, pero superaste los 1.000 euros de ingresos con la suma de ayudas públicas, subvenciones para adquirir vivienda de protección oficial o precio tasado, rentas imputadas inmobiliarias y rendimientos no sujetos a retención de letras del Tesoro".
En su comunicado, la OCU explica que "aunque tengas un salario muy pequeño, incluso inferior a los 15.876 euros que te sonarán como el límite que marca la obligación de declarar, recibir algunos ingresos diferentes a las rentas del trabajo, incluso en cantidades que quizás te parezcan ridículas, te puede obligar a declarar". Por eso, hay que estar atentos y no desatender nuestras obligaciones con Hacienda, ya que de lo contrario tendremos que asumir multas y sanciones.
Cómo declarar el Bono Alquiler en la Renta
Las cantidades cobradas en concepto de Bono Alquiler han de consignarse en la casilla 303 del borrador de la Renta (al que se puede acceder de estas formas). Se trata de la casilla "Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales".
En la inmensa mayoría de los casos la casilla ya aparecerá con el dato correspondiente, pero hay que consultarlo siempre para evitar errores u omisiones en la declaración.