
Como cada año, millones de contribuyentes españoles ven cómo se acerca la fecha de inicio de la Campaña de la Renta, un trámite importantísimo porque nos permite regularizar nuestra situación con Hacienda respecto al impuesto más importante de los trabajadores, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Cuando el ciudadano medio habla de presentar la declaración de la Renta hace referencia en realidad a la correcta cumplimentación y posterior envío del borrador de la Renta, el documento con todas las casillas y datos fiscales del contribuyente y en el que se calcula el resultado de su declaración.
Aunque la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes herramientas de todo tipo útiles como preparación previa para la campaña de la Renta, lo cierto es que no es posible acceder al borrador de la Renta hasta el comienzo de la campaña.
La Campaña de la Renta 2024-2025 comienza este año el miércoles 2 de abril, por lo que solo será posible acceder al borrador de la Renta a partir de ese 2 de abril. Desde ese día, y hasta el 30 de junio, se podrá enviar la declaración a Hacienda. Con todo, cada modalidad de presentación del borrador (por internet, por teléfono y presencial) tiene un plazo diferente, así que hay que estar muy atentos al calendario del contribuyente que también facilita la Agencia Tributaria en su página web.
Cómo acceder al borrador de la Renta 2024-2025
La propia Hacienda ya ha publicado una orden en la que determina cuáles serán las formas de acceso al borrador de la Renta para la Campaña 2024-2025. Se trata de la Orden HAC/242/2025, de 13 de marzo, en cuyo artículo 9 (puede consultarse en este enlace) se establecen varias formas de identificación para conseguir el borrador:
- Cualquier certificado electrónico permitido. Por ejemplo: el certificado digital (así puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos) o el DNI electrónico (esta es la forma de obtenerlo).
- Con Cl@ve Movil, que incluye Cl@ve PIN (así puede conseguirse).
- Con el número de referencia, que se consigue a partir del dato de la casilla 505 de la Renta del ejercicio anterior.
- Con el eIDAS, sistema de identificación europeo.