
Tres semanas para que Hacienda toque nuestra puerta. El próximo 2 de abril comienza la campaña de la Renta 2024 - 2025 que, según el calendario oficial publicado por la Agencia Tributaria, se extenderá hasta el 30 de junio. Los primeros en poder completar el trámite serán los que opten por hacerlo de forma online, mientras que los que prefieran realizarlo por teléfono podrán hacerlo a partir del 6 de mayo, siempre con cita previa, al igual que los que lo presenten de forma presencial (desde el 2 de junio).
Es habitual que los contribuyentes soliciten ayuda profesional para completar la declaración de la Renta, sobre todo ahora que ha cambiado el límite a las rentas exentas de tributación. De hecho, por la modificación del Reglamento del IRPF que se realizó a finales de 2022, muchos ciudadanos aspiran a recibir devoluciones de hasta 1.000 euros.
Gracias a esta reforma se modifican los límites de las cuotas con motivo de "fomentar el esfuerzo conjunto entre trabajadores y empresas", de tal modo que "las aportaciones máximas que el trabajador puede reducir en su base imponible dependen de la cuantía de la contribución empresarial a favor del trabajador". Así lo establece el Real Decreto 1039/2022, cuyo objetivo es que los empleados con sueldos más bajos puedan pagar menos impuestos al subir la reducción por obtención de rendimientos del trabajo.
En otras palabras, los trabajadores con rentas más bajas podrán tener mayores reducciones fiscales gracias a que las aportaciones de la empresa a su plan de pensiones aumentan. De este modo, Hacienda fue capaz de elevar el umbral a partir del cual se empieza a pagar el IRPF de los 14.000 euros vigentes hasta enero de 2023 a los 15.000 euros anuales, un incremento que se extiende también a contribuyentes con un salario bruto anual de hasta 21.000 euros.
El reajuste de Hacienda
Por ejemplo, no se aplicarán retenciones cuando un contribuyente soltero, viudo o divorciado tenga un hijo y un salario anual inferior a 17.270 euros, cifra que aumenta a 18.617 euros en caso de tener dos o más hijos. De la misma forma, tampoco se practicarán retenciones sobre los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente si hijos cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales (excluidas las exentas) cobre menos de 16.696 euros anuales.
De este modo, al momento de presentar la declaración de la Renta, el reajuste de Hacienda tras esta modificación resultará en una compensación económica al contribuyente, que podrá ser mayor o menor en el rango de 400 a 900 euros dependiendo de sus condiciones personales como el número de hijos o su situación sentimental.
Cabe recordar que, según establece la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, están exentos del pago los ciudadanos que perciben rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 22.000 euros anuales con un pagador y 15.000 euros anuales con dos pagadores.
El salario más frecuente
En nuestro país el salario medio roza los 27.000 euros anuales, según la Encuesta de Estructura Salarial relativa al año 2022 publicada por el INE el pasado mes de septiembre.
No obstante, el sueldo más frecuente está en torno a los 14.586 euros, cifra alarmante teniendo en cuenta el incremento que han experimentado los precios del consumo en los últimos años y que están provocando una notoria pérdida de poder adquisitivo entre los españoles.
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