
¿Preparados para ajustar cuentas con Hacienda? El calendario oficial publicado por la Agencia Tributaria señala el inicio de la campaña de la Renta 2024 - 2025 el próximo 2 de abril, día a partir del cuál los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones y cuyo plazo se alargará hasta el 30 de junio. Sin embargo, unos podrán hacerlo antes que otros dependiendo de si lo hacen de forma online, presencial o por teléfono.
Recordemos que están obligados a realizar la declaración de la Renta todos aquellos contribuyentes que obtengan rendimientos íntegros del trabajo superiores a 22.000 euros anuales con un único pagador, así como los que superen los 15.876 euros anuales con dos o más pagadores, un límite que este año se ha incrementado ya que hasta 2023 era de 15.000 euros.
Sin embargo, este no es el único cambio que trae la declaración de la Renta 2024 - 2025. También se ha incrementado el importe de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo, en este caso de 6.498 euros a 7.302 euros anuales.
De igual forma, todos aquellos que hayan obtenido rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas corrientes, etc.) y ganancias patrimoniales (derivadas de la venta de acciones, inmuebles, etc.), sometidos a retención o ingreso a cuenta, superiores a 1.600 euros anuales en su conjunto también deben presentar la declaración de la Renta.
Igualmente, también están obligados a hacerlo los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital o los que hayan ganado más de 1.000 euros en 2024 por tener un piso vacío o hayan recibido subvenciones, ayudas estatales o beneficios de inversiones de Letras del Tesoro.
Agilizando el proceso
Todos estos contribuyentes podrán presentar esta obligación fiscal a partir del día 2 del mes que viene. Los primeros en hacerlo serán los que opten por hacer el trámite de forma online, que tienen de plazo desde el propio 2 de abril hasta el 30 de junio. Para ello solo tienen que entrar en Renta Web, sitio del Ministerio de Hacienda en el que además ya mismo podemos obtener el borrador del documento.
No obstante, para los que prefieran hacer el trámite por teléfono el plazo va del 6 de mayo al 30 de junio. En este caso tendremos que acudir siempre con cita previa, la cual podremos solicitar desde el 29 de abril hasta el 27 de junio.
También nos veremos obligados a pedir cita previa si queremos presentar la declaración de la Renta presencialmente acudiendo a una oficina de la Agencia Tributaria desde el 2 de junio hasta el 30 del mismo mes, aunque podemos solicitar la cita desde el próximo 29 de mayo y hasta el 27 de junio. Recuerda pedirla con tiempo porque suelen agotarse rápidamente.

Antes de iniciar el trámite hay que revisar todos nuestros datos fiscales, sobre todo este año que se han introducido ciertos cambios y confirma el borrador cuanto antes si el resultado es a devolver pues, cuanto antes se haga, más rápido recibiremos el dinero. Si por el contrario, nos sale a pagar, tendremos que domiciliar el pago antes del 25 de junio. Para saber si será una cosa u otra también podemos aprovechar el simulador de Renta Web, disponible en la misma página en la que aparecen los borradores.