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Multas de hasta 150.000 euros a quienes ingresen o saquen dinero no justificado del banco: esto es lo que dice Hacienda

Persona sacando dinero del cajero | Foto: iStock

Hacienda nunca descansa, ni en la recaudación ni en la lucha contra el fraude fiscal, una de sus más grandes obligaciones. Ya sea con tarjeta o con efectivo, lo cierto es que la Agencia Tributaria hace todo lo posible por controlar al máximo nuestros movimientos para evitar el blanqueo de capitales o arrinconar a la economía sumergida tan dañina para las arcas públicas.

Es por esto que cualquier comportamiento sospechoso puede traernos millonarias consecuencias, por ejemplo cuando ingresamos cantidades anormales de dinero en el cajero de una sola vez o pagamos en metálico una transacción de precio elevado. Debemos entender que, los bancos colaboran estrechamente con Hacienda en la lucha contra el fraude fiscal, tanto que están obligados por ley a avisar a la entidad si detectan algún ingreso anómalo de dinero para que ésta lo investigue si lo considerase necesario.

Así, según el Banco de España, debe saber que si hace un ingreso en efectivo igual o superior a 1.000 euros, la entidad bancaria en la que lo realice le pedirá al titular de la cuenta que se identifique. Es más, tendrán que avisar a Hacienda de todos los movimientos -tanto ingresos como retiradas- mayores a 3.000 euros, o que en su defecto utilicen billetes de 500 euros. También se revisarán los préstamos y créditos superiores a 6.000 euros.

En caso de no poder justificar la procedencia del dinero se incurrirá en un delito, por lo que la persona será sancionada con una multa que podría suponer más de 150.000 euros según lo establecido en el artículo 56 de la Ley 10/2010.

En lo referente a las transferencias, sepa que también hay ciertas restricciones. Aunque no hay un límite concreto, las entidades tendrán que avisar cuando las operaciones superen los 6.000 euros, y los que la realicen deberán justificar la procedencia del dinero cuando superen los 10.000 euros.

Pagos en efectivo de 1.000 euros como máximo

Para persuadir a los infractores y acotar el ámbito de actuación, en julio de 2021 se disminuyó el límite general de pagos en efectivo para la compra de bienes o servicios de 2.500 a 1.000 euros con la publicación en el BOE de la Ley 11/2021 que modifica ciertos aspectos de la Ley 7/2012 de lucha contra el fraude fiscal. En caso de ignorar este límite, tanto el pagador como el receptor del dinero serían consideradores sujetos infractores por la Agencia Tributaria e ir contra uno o ambos e imponerles una multa que, en el peor de los casos, correspondería al 25% del importe pagado.

Todas estas limitaciones hacen entender que la gente tiene mucho dinero en efectivo y hay que limitarlo. Pues bien, en España el límite de dinero en metálico que podemos llevar encima es de 100.000 euros, estando obligados a declararlo en el modelo S-1. Asimismo, en caso de querer entrar o salir del territorio español, sepa que igualmente lo tendrá que declarar con el modelo S-1 si lleva más de 10.000 euros, un trámite que se realiza bien en las aduanas o en el banco cuando se retira todo o parte del dinero. En caso de no hacerlo, enfrentaríamos una multa mínima de 600 euros y cuyo máximo igualaría a la mitad de la cantidad no declarada, sentencia la OCU.

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