
Salvo excepciones contempladas en la normativa, todos los contribuyentes españoles han de presentar la de la Renta para poder saldar sus cuentas en el ejercicio fiscal en lo correspondiente al IRPF, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Para presentar la declaración de la Renta es indispensable acceder al borrador, en el que podremos acceder a nuestros datos fiscales e introducir o cambiar otros datos que nos permitan conseguir deducciones estatales o autonómicas para mejorar el resultado de esa declaración.
Sin embargo, solo se podrá conseguir el borrador cuando comience la Campaña de la Renta 2023-2024. Así, solo a partir del miércoles 3 de abril se podrá acceder al borrador de la declaración a través de la página web de la Agencia Tributaria, usando Renta Web.
Semanas después los contribuyentes podrán presentar las declaraciones de otra forma: desde el martes 7 de mayo se podrán presentar de forma telefónica (la posibilidad de pedir cita previa para ello empieza el lunes 29 de abril) y desde el lunes 3 de junio de forma presencial en una oficina de Hacienda (la cita previa se puede pedir desde el miércoles 29 de mayo).
Cómo acceder al borrador de la Renta
La Agencia Tributaria explica en su Manual de Renta 2023 que son tres las formas de obtener el borrador de la Renta en la Sede Electrónica del organismo:
- Con certificado digital (así puede conseguirse de forma sencilla) o DNI electrónico (así puede obtenerlo de forma presencial).
- Con Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente).
- Con el número de referencia que se consigue mediante el dato de la casilla 505 de la Renta del año pasado.