
Las entidades financieras recibieron este martes un nuevo revés vinculado a decisiones judiciales. A la incertidumbre sobre lo que decida el Tribunal Supremo respecto a quién debe pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en la constitución de las hipotecas, se sumó el martes una nueva obligación para los bancos y grandes propietarios de viviendas en Cataluña.
En este caso, el intento de acercamiento del Gobierno de Pedro Sánchez a la Generalitat de Joaquim Torra se ha concretado en que el Ejecutivo español retirará los recursos ante el Tribunal Constitucional (TC) de las leyes 24/2015 y 4/2016 sobre emergencia habitacional aprobadas por el Parlament y recurridas por el Gobierno de Mariano Rajoy.
¿Y qué supone esto para la banca? Los bancos y grandes corporaciones podrán ver expropiados temporalmente pisos que tengan vacíos -se los considera así si llevan dos años o más desocupados-, para que la Generalitat los destine a alquiler social. También deberán ofrecer un alquiler social a personas en riesgo de exclusión que vayan a ser desahuciadas de su domicilio, y si el desahucio es inevitable, deberán ocuparse de realojarlas.
Las expropiaciones tendrán coste para las administraciones, por lo que estarán supeditadas a su disponibilidad presupuestaria
La Generalitat se ampara en la ley estatal de 1954 sobre expropiación forzosa para obligar a los grandes propietarios de viviendas vacías en Cataluña a ceder su uso con fines sociales durante un mínimo de cuatro años y un máximo de diez.
Cuando se redactó esta ley catalana en 2016, había más de 46.000 viviendas de entidades financieras y grandes corporaciones inscritas en el registro catalán de pisos vacíos u ocupados sin título habilitante, por lo que el gesto político de Sánchez puede tener un impacto relevante en las cuentas de las entidades financieras y fondos inmobiliarios. Con todo, las expropiaciones también supondrán costes para las administraciones, por lo que estarán supeditadas a la disponibilidad presupuestaria de la Generalitat y de los ayuntamientos donde se deseen aplicar.
Además, los procesos de expropiación pueden ser largos, ya que el importe se debe negociar entre las partes en base a los criterios de alquiler social y, en caso de desacuerdo, deberá definir el "precio justo" el Jurado de Expropiación de Cataluña. En este importe se tendrá en cuenta el coste de la adecuación de la vivienda para que reúna las condiciones básicas de habitabilidad.
De hecho, el Tribunal Constitucional había levantado en marzo la suspensión de este artículo de la ley catalana relativo a la expropiación, a la espera de dictar sentencia sobre el recurso estatal. Ahora, con la retirada de la impugnación desde Moncloa, ratifica su vigencia.
Según la ministra de Política Territorial y Función Pública, Meritxell Batet, la recuperación de la ley catalana de emergencia en vivienda y pobreza energética es un signo de "normalidad institucional", y añadió que el Gobierno socialista también se está planteando retirar los recursos del Ejecutivo del PP ante el Constitucional contra la ley catalana de cambio climático y contra la de la agencia de protección social.