
La Generalitat de Cataluña ha aprobado este martes un decreto ley con el mismo contenido que el reglamento que fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en julio y que está en proceso de recurso.
El nuevo decreto ley recoge, sin ninguna modificación, el contenido del reglamento anulado, y que especificaba el calendario y trámites para autoliquidar el tributo sobre las bebidas azucaradas envasadas creado por el gobierno catalán en 2017.
El fallo del TSJC consideró que la administración catalana había prescindido de los trámites esenciales de consulta, audiencia e información públicas a la hora de aprobar el reglamento, que fue recurrido por varias asociaciones de distribución, cadenas de supermercados, comercios y restauración.
Y es que estas empresas son las encargadas de pagar trimestralmente el tributo en nombre del consumidor final, a quien le deben repercutir el coste (en algunos casos con un aumento de precio de hasta el 10% en el producto) como estrategia para promover hábitos alimenticios saludables, según el argumentario del Gobierno catalán.
Entre las entidades contrarias a este impuesto figuran la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (Anged), la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (Fiab), la Asociación Española de Codificación Comercial (Aecoc), la Asociación de Cadenas Españolas de Supermercados (Aces), la Asociación Empresarial de Marcas de Restauración y Asociación Promarca.
Desde la Fiab insistieron este martes en que "este tipo de medidas rompe la unidad de mercado, disminuye la renta de los ciudadanos y tiene un carácter recaudatorio que genera a la cadena agroalimentaria que opera en Cataluña una pérdida de competitividad por las cargas desproporcionadas que suponen para las empresas y la consecuente inseguridad jurídica".
Añaden que un impuesto no cambia los hábitos de consumo de los ciudadanos y por lo tanto no es eficaz para lo que supuestamente fue creado: "Apostamos por la información y la formación a la población para llevar una dieta sana y equilibrada junto a unos hábitos de vida saludable".
¿En qué consiste?
El impuesto, que entró en vigor el 1 de mayo de 2017 y se debe liquidar trimestralmente con la administración autonómica, está estructurado en dos tramos distintos, uno de 0,08 euros para bebidas que tienen entre cinco y ocho gramos de azúcar por cada 100 mililitros, y otro de 12 céntimos para los productos con más de ocho gramos por 100 mililitros.
Mientras la sentencia del TSJC no sea firme, el impuesto se sigue liquidando, y con el nuevo decreto ley, la administración catalana pretende blindar su continuidad aunque el reglamento inicial sea definitivamente anulado por la Justicia.
Si bien la Generalitat defiende que el objetivo de este tributo es de salud pública y no recaudatorio, en 2017 captó unos ingresos de 22,7 millones de euros por este concepto, que se elevaron a 41,9 millones en 2018 -primer ejercicio completo en vigor-, y hasta junio de este 2019 la recaudación era de 15,3 millones, un 19,8% menos que en el mismo periodo del año anterior, según los datos del Govern consultados por elEconomista.