El Código de Buenas Prácticas Bancarias es una normativa, de adscripción voluntaria, aprobado en 2012 para proteger a familias sin recursos amenazadas por el desahucio al no poder hacer frente a su hipoteca. Abría un catálogo de medidas para reestructurar su deuda o, en el peor de los casos, quitársela de encima dejando al banco la vivienda siempre que su situación empeorase de forma dramática. Los requisitos para beneficiarse de esas medidas están hoy bajo revisión a fin de ampliar el colectivo de beneficiados y adaptarlo a la nueva situación.
Quiénes pueden acceder
Para poder instar la reestructuración de la deuda conforme a dicho protocolo se exige que la hipoteca corresponda a la vivienda habitual, que el precio del piso no supere los 300.000 euros y la familia reúna un determinado perfil socioeconómico. Para la generalidad de los hogares eso implica no ingresar más de tres veces el Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) en 14 pagas y puede alcanzar las cinco veces si en la unidad familiar viven personas con diferentes grados de discapacidad o una enfermedad grave incapacitante. Ese umbral, a partir de los 24.318 euros (tres veces el Iprem) es uno de los parámetros que la banca y el Gobierno analiza ampliar ahora para dar mayor acceso a las soluciones.
Volumen de deuda
Junto a ese criterio de renta, es necesario reunir otras condiciones ligadas a la deuda. La principal es que la carga financiera resulte superior al 50% de los ingresos netos de la unidad familiar (40% si se dan algunos de los supuestos anteriores con personas discapacitadas o con enfermedades incapacitantes). Se baraja flexibilizar el criterio y que pueda activarse el protocolo cuando el umbral llegue a ese 40%, sin necesidad de alcanzar los apuros máximos fijados en la norma vigente. Este baremo se reformuló, de hecho, antes porque el primer texto normativo lo establecía en el 60%.
Agravamiento de la situación
Para beneficiarse de las medidas del Código en vigor se requiere acreditar además un empeoramiento drástico de la situación económica. Se establece como tal que el porcentaje de ingresos necesarios para pagar la hipoteca haya aumentado en 1,5 puntos en los últimos cuatro años o bien que el hogar atraviese una circunstancia especial como es ser una familia numerosa, una monoparental con hijos a cargo, que convivan menores de edad en la vivienda, alguna víctima de violencia de género, personas con discapacidad o mayores de edad.
Cómo actúa el protocolo
Las entidades deciden de forma voluntaria si siguen el Código, pero en caso de adhesión resulta exigible por aquellos hogares que lo pidan y reúnan los criterios establecidos. La entidad tratará de dar una solución a sus dificultades con una reestructuración de deuda (carencias en el pago del capital, cuyo abono se pospone en varios años; ampliar el plazo de devolución para bajar el importe de la cuota hasta 40 años o reducir el interés de la hipoteca durante un plazo máximo de cinco años en todos los supuestos).
Si esto no garantiza el repago porque la tasa de esfuerzo continúa por encima del 50%, se analizarían quitas o, incluso, la dación. Pero en ambos supuestos la familia deberá acreditar además que carece de otros bienes o derechos patrimoniales suficientes para encarar la deuda y que el préstamo no tenga otras garantías o de tenerlas sean insuficientes para satisfacer la deuda. Al margen de estas soluciones, el sector también analiza reeditar las moratorias habilitadas durante la pandemia que permitieron retrasar el pago del capital durante 12 meses.
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