
Actualmente es sencillo realizar varias formas de pago que no sean en efectivo, pues las condiciones tecnológicas del presente permiten realizar transferencias desde dispositivos como móviles u ordenadores, en las aplicaciones de las entidades bancarias, o también a través de ciertos sitios web.
Las operaciones a distancia se realizan a gran velocidad, llegando incluso a la instantaneidad, si se habla de funciones existentes que permiten reutilizar movimientos de dinero ya efectuados anteriormente.
Un ejemplo claro de ello es Bizum, donde se puede ingresar dinero a otra cuenta en tan solo unos segundos, con el único requisito previo de conocerse el número de móvil del destinatario. Esta funcionalidad, presente en la aplicación de la mayoría de bancos españoles, es útil para todo tipo de situaciones (saldar deudas, pagos de facturas, agilizar el pago individual cuando se cena con un grupo de gente, etc).
¿Y si quien realiza la transferencia se equivoca?
Tanto en el caso de Bizum como en una transferencia hecha de otra manera, hay varias cosas que pueden ir mal, como equivocarse al teclear el número de teléfono o de cuenta, o equivocarse de contacto al que enviar el dinero.
La transferencia es inmediata e irrevocable una vez realizada (en el caso de Bizum, pues otras transferencias se demoran algo más). Por ello, dice el Banco de España, no se ve un botón de "cancelar envío" dentro de esta funcionalidad.
Bizum: tres posibles soluciones
Lo principal y más sencillo es escribir a la persona a la que se haya hecho el envío por error, explicarle el asunto y solicitar la devolución del dinero. La aplicación sí que permite rechazar un envío que se recibe, por lo que la persona puede hacer esto, o bien que haga otro envío para devolver el importe.
La segunda opción se debe realizar con rapidez, y solo en aquellos casos en los que quien haya recibido el dinero no conteste, o decida quedarse con ese dinero que no le pertenece. Se trata de contactar a nuestro banco, y pedirle que anule la transferencia, pero esto solo es posible si la entidad todavía no ha aprobado el pago (algo que a veces le lleva tan solo unos segundos).
Finalmente, si el receptor se niega a devolver el dinero y el banco ya no puede hacer nada, solo queda acudir a la vía judicial. Se trataría entonces de un posible delito de apropiación indebida, regulado en el artículo 254 del Código Penal (CP).
Si se llega hasta aquí, se podría condenar a la otra persona a una multa (aparte de estar obligada a devolver el dinero del que se ha apropiado), cuyo importe crece significativamente si la cantidad en cuestión supera los 400 euros, ya que entonces pasaría de considerarse delito leve a delito.
Equivocarse con la transferencia
El movimiento se lleva a cabo entre dos cuentas del mismo banco
En esta situación no se puede cancelar la operación, por lo que se debe contactar con el receptor, o intentar que lo haga el banco.
De nuevo, si dicha persona rechaza la devolución, se podrá realizar una denuncia por posible delito de apropiación indebida, con los resultados ya mencionados.
Transferencia entre bancos distintos
Aquí cabe de nuevo darse prisa e informar a la entidad para pedirle que cancele la operación, pues quizás no haya gestionado todavía la transferencia. Si ya es tarde para ello, la entidad contactará al banco del receptor para solicitar lo propio, pero de nuevo la persona que recibe el dinero tiene la última palabra.
Así, si quien ha percibido el dinero por error no acepta su devolución, habrá que acudir de nuevo a los juzgados, apelando al mismo artículo 254 del CP, para denunciar por el mismo potencial delito.
¿Y si se ha enviado el dinero mediante transferencia inmediata?
La principal opción es una vez más contactar al receptor, o hablar con el banco propio para que contacte al que lleva la cuenta de la otra persona.
Sí, una vez más, sucede el peor de los escenarios y la persona se niega a devolver el dinero que ha recibido por error, también habrá que acudir a los tribunales y demostrar que se ha dado el delito recogido en el Código Penal.