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Qué es la pertenencia a una organización criminal y cómo lo castiga el Código Penal

Santos Cerdán, en su última jornada en el Congreso de los Diputados. Foto: EP.

El exsecretario del PSOE Santos Cerdán ha pasado su primera noche en la cárcel madrileña de Soto del Real después de que el magistrado Leopoldo Puente ordenase su entrada en prisión a raíz de su declaración en el Tribunal Supremo por el 'caso Koldo'. Al socialista navarro se le atribuyen, entre otros delitos, el de pertenencia a organización criminal, a tenor de la comunicación emitida por el Consejo General del Poder Judicial.

Qué es una organización criminal

El Código Penal se encarga de diferencias en qué consiste la pertenencia a una organización criminal. En su artículo 570 bis (puede consultarlo en este enlace) establece que una organización criminal es "la agrupación formada por más de dos personas con carácter estable o por tiempo indefinido, que de manera concertada y coordinada se repartan diversas tareas o funciones con el fin de cometer delitos".

Las penas que derivan de la comisión de este delito varían en función de las actividades delictivas realizadas por la organización criminal y del grado de importancia dentro de la organización criminal. En primer lugar, el Código Penal hace una primera distinción aludiendo a las personas que "promovieren, constituyeren, organizaren, coordinaren o dirigieren" la organización criminal.

Aquí las las penas difieren entre las correspondientes a la comisión o finalidad de delitos graves (pena de prisión de cuatro a ocho años) y las del resto de casos (con penas de entre tres y seis años de cárcel).

También existen penas para las personas que cooperan de forma activa, formasen parte de ella o cooperasen de forma económica o de otra con ella: en este punto, se conciben penas de prisión de entre dos y cinco años si la organización criminal tuviese como fin la comisión de delitos graves, y con penas de prisión de entre uno y tres años en los demás casos.

En todos los casos, el Código Penal incide en que todas estas penas se impondrán en su mitad superior cuando la organización se componga de un número elevado de personas, disponga de armas o instrumentos peligrosos o de "medios tecnológicos avanzados de comunicación o transporte que por sus características resulten especialmente aptos para facilitar la ejecución de los delitos o la impunidad de los culpables".

En el caso de que concurran dos de los tres supuestos enunciados anteriormente se impondrán las penas superiores de los rangos previstos para cada una de ellas.

Además, explica el Código Penal, cuando los delitos son "contra la vida o la integridad de las personas, la libertad, la libertad e indemnidad sexuales o la trata de seres humanos" se establece que las penas sean las contempladas en la mitad superior.

También se castiga a los financiadores de la organización criminal

El Código Civil dedica su artículo 570 ter a las personas que financian a las organizaciones criminales y a las personas que simplemente forman parte de él o lo integran, que tampoco escapan de penas de prisión:

  • Cuando el delito es contra la vida o integridad de las personas, su libertad, la libertad o indemnidad sexual o la trata de seres humanos las penas son de entre dos y cuatro años de prisión si existen uno o más delitos graves y de entre uno y tres años de prisión si son delitos menos graves.
  • Cuando la finalidad del grupo es cometer cualquier otro delito grave las penas son de entre seis meses y dos años de prisión.
  • Cuando la finalidad del grupo es cometer uno o varios delitos no graves que no sean los del primer apartado o se reiteren delitos de carácter leve la pena de prisión será de entre tres meses y un año.

Si concurren dos o más causas de las contempladas en el apartado anterior, especifica el Código Penal, se contemplarán penas establecidas en la mitad superior de los rangos ya enunciados.

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