
Las últimas declaraciones por la investigación judicial sobre la gestión de la alerta y la emergencia por lo ocurrido en la DANA continúan generando reacciones judiciales y políticas. En el plano de la propia causa, el ex número 2 de Emergencias de la Generalitat, Emilio Argüeso, uno de los dos investigados junto a la exconsellera Salomé Pradas, ha pedido al juzgado que cite como investigados a cuatro personas, entre ellas el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, y al que era jefe del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia, José Miguel Basset.
En un escrito dirigido a la titular del Juzgado número 3 de Catarroja (Valencia), la representación de Argüeso pide también la declaración como investigadas de la jefa del servicio de Coordinación de Emergencias 112, Inmaculada Piles, y la técnico de Comunicación Aurora Roca.
La defensa de Argüeso pide estas nuevas diligencias tras las declaraciones de los últimos días y esgrime que la jueza "lo mantiene en calidad de investigado, pese al criterio de la Fiscalía, por el hecho de ser supuestamente el número dos de la Consellería de Emergencias", según informa Europa Press.
En el caso de Miguel Polo, argumenta que "estuvo presente en el Cecopi el día de autos, y según las declaraciones de los todavía investigados, así como de Pilar Bernabé, no informó al Cecopi ni de la remisión, ni del contenido del correo electrónico de la CHJ de las 18:43, siendo el responsable del organismo que supuestamente había enviado este correo y tratándose de un correo de una importancia de tal envergadura".
"Tampoco informó de la gran crecida de metros cúbicos de agua que estaba sufriendo en estas horas el Poyo, siendo responsable de la CHJ y miembro del Cecopi. Al mismo tiempo debe dar explicaciones del apagón informativo de la CHJ al Cecopi desde el correo de las 16:13 hasta el correo de las 18:43", recoge.
Por lo que se refiere a José Miguel Basset, cree que "debe explicar por qué retiró a los bomberos de los barrancos de la zona afectada el día 29 de octubre sin avisar al Cecopi ni a ningún responsable de la Conselleria de Emergencias".
En cuanto a Inmaculada Piles, el motivo sería que, según las declaraciones de los todavía investigados, así como de Bernabé, "no se ha recibido en el Cecopi ninguna información acerca de las llamadas de 112", mientras que insta a citar a Aurora Roca porque "no llegó a intervenir en ningún momento en la larga reunión del Cecopi el día 29 de octubre cuando ella era la responsable de trasladar las noticias de fuera al Cecopi y del Cecopi al exterior".
No investigará por qué no se declaró Emergencia Nacional
La titular del Juzgado ha rechazado la solicitud de la acusación popular ejercida por la asociación Liberum para que se preguntara al Gobierno central si se convocó el Consejo de Seguridad Nacional, ya que, según justifica la magistrada "no hay ninguna relación causal" con las víctimas mortales de la barrancada.
La jueza reitera que el objeto de este procedimiento es "el análisis del fallecimiento de 227 personas, una de ellas embarazada de 8 meses, una desaparecida y los lesionados, y la ausencia de decisiones para salvaguardar a la población y la normativa aplicable al caso".
Respecto de la normativa aplicable, se remite a lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía, que establece como competencia exclusiva de la Generalitat protección civil, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución.
En el mismo sentido, señala que el Consell es el órgano superior de dirección y coordinación de la protección civil en la Comunitat Valenciana en el ámbito de sus competencias, como establece la Ley 13/2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias. Y a la Conselleria competente en materia de protección civil le corresponde ejercer el mando único de la emergencia dirigiendo los planes de protección civil.
"Las pruebas --prosiguen-- deben de centrarse en el referido nexo causal entre la inactividad de quienes se atribuye la condición de investigados, su posición de garantes y los fallecimientos. En caso contrario nos encontraríamos nuevamente en un análisis genérico, sin conexión con lo sucedido y que supone apartarse radicalmente de la regulación legal en materia de protección civil antes expuesta. Ninguna relación tiene con el Consejo de Seguridad Nacional".
La jueza insiste en el que es el eje de sus actuaciones para dirimir las posibles responsabilidades, que se centran en determinar porque la Administración no avisó y alertó a la población antes de que el agua anegase las localidades donde hubo más víctimas. "En cualquier caso, el desplazamiento de responsabilidad al Gobierno Central por la no declaración de emergencia nacional, no es sino un reconocimiento explícito de la manifiesta pasividad de la Administración Autonómica, administración que no supo alertar, ni en tiempo ni acertadamente, a la población, con el resultado mortal conocido y que exigiría, siguiendo dicha tesis exculpatoria, que se le arrebatara el mando de la emergencia", refleja el auto.