
El subsidio por desempleo para mayores de 52 años busca la reincorporación laboral de un colectivo tradicionalmente marginado por su edad. Para optar a la prestación la persona solicitante debe cumplir con ciertos requisitos además de los referentes a la edad, como haber agotado el paro, estar en situación de desempleo total (o trabajo parcial), inscrito como demandante de empleo, etc., además de que en ninguno de los casos los ingresos percibidos pueden superar el 75% del SMI.
Ahora bien, tener derecho a cobrar esta ayuda no exime al beneficiario de cumplir ciertas obligaciones, sobre todo porque en caso de incumplirlas puede ver reducida la cuantía a percibir o, incluso, suspendida o revocada. Es a lo que se enfrentan los que rechacen hacer entrevistas de trabajo mientras cobran la prestación.
Cumplir con el acuerdo de actividad
Esta norma se encuentra regulada por la Ley General de la Seguridad Social, que en su artículo 299 establece que los solicitantes y beneficios de prestaciones por desempleo están obligados a "participar en los programas de empleo (...) que determinen los servicios públicos (...) y aceptar la colocación adecuada que le sea ofrecida".
Es decir que los que soliciten prestaciones por desempleo, entre las que se incluye el subsidio para mayores de 52 años, deben acudir de forma obligatoria a las entrevistas de trabajo que les ofrezca el SEPE. De lo contrario podrían ver reducida la cuantía de su prestación o, en el caso de acumular varias faltas injustificadas, incluso llegaría a ser eliminada al considerarse de una infracción grave.
Conviene recordar que el SEPE contempla tres momentos de reiteración para las infracciones graves:
- Primera infracción. Se procederá a la suspensión del subsidio durante tres meses.
- Segunda infracción. Interrupción de seis meses.
- Tercera infracción. Anulación completa del subsidio.
Todo esto también lo contempla el acuerdo de actividad, que es el pacto entre los servicios públicos de empleo y la persona trabajadora que demanda dichos servicios y en el que se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes para incrementar la empleabilidad de esta última.
Colocación adecuada de acuerdo a la normativa
Pero la oferta de empleo también debe cumplir con ciertos requisitos para considerarse adecuada. Según la normativa vigente, el empleo propuesto debe estar ligado a la formación del demandante, o en el mejor de los casos con empleos anteriores en los que pueda demostrar experiencia previa. Asimismo, percibirá un salario que, en ningún caso, puede ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento.
De la misma forma, se deberá tener en cuenta la ubicación del nuevo puesto que se ofrece en la entrevista, pues debe encontrarse en la localidad de residencia del desempleado o en una distancia que no le resulte perjudicial, aunque no hay una referencia exacta en lo que a la distancia con respecto del domicilio se refiere.