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Qué pasa si trabajas y te toca ser miembro de la mesa electoral en las elecciones vascas 2024

Foto: EP.

Formar parte de una mesa electoral (como presidente, vocal o suplente) es uno de los temores de los ciudadanos cuando se acerca una cita electoral como será la de este domingo 21 de abril, fecha de las elecciones autonómicas vascas.

Esta circunstancia, que puede suponer un inconveniente, lo es más aún si la convocatoria para formar parte de la mesa le llega a una persona que esa jornada tiene que trabajar. Por eso hay que tener claro hasta qué punto una persona puede esquivar esa obligación o, por el contrario, en qué situaciones será imposible 'librarse'.

El Gobierno vasco informa en su página web que "te pueden designar como miembro de mesa electoral hasta 24 horas antes del día de la votación", por lo que, aunque existen ciertos plazos predeterminados por la normativa, es posible que en situaciones de emergencia le llegue al ciudadano esa convocatoria.

El ciudadano tiene derecho a presentar excusas a la Junta Electoral Central, pero debe saber que solo se aceptan en casos muy determinados y que responder a la convocatoria de una mesa electoral es una obligación de los ciudadanos.

En qué casos estás excluido de formar parte de una mesa electoral

Solo se contemplan diferentes situaciones en las que el ciudadano no está obligado a acudir a una mesa electoral:

  • Quienes formen parte de las juntas electorales.
  • Quienes concurran a las elecciones como personas candidatas.
  • Los cargos públicos de elección o libre designación.
  • Quienes no se encuentren en pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos.
  • Las personas que tengan la condición de inelegibles.
  • Las personas que se encuentren enfermas y las hospitalizadas. Quienes residan fuera de la circunscripción electoral.
  • El personal embarcado.
  • Las mujeres en estado de gestación a partir de los 6 meses y las que se encuentren en periodo de descanso maternal.
  • Las mujeres que se encuentren en periodo de lactancia hasta los 9 meses.
  • Las personas de 70 o más años.
  • Cualquier otra persona que tenga causa justificada.
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