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Elecciones generales 2023: ¿puedo censarme en mi destino de vacaciones para votar allí?

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Independientemente de lo que ocurra el próximo 23 de julio, día para el que se han convocado las próximas elecciones generales, hay un asunto que ha acaparado todo el debate en los lugares de trabajo, en las reuniones de amigos o de familiares: cómo nos van a influir sobre nuestras vacaciones de verano.

A quienes no les coincidan las elecciones con las vacaciones no tendrán mayor problema que acudir a su respectivo colegio electoral, aguantar el probable calor de finales de julio y ejercer su derecho a voto. Sin embargo, a quienes sí les coincide se enfrentan a varios dilemas: ¿cómo puedo votar si me encuentro de vacaciones? O lo que es peor, ¿qué pasa si me toca ser miembro de la mesa electoral en plenas vacaciones?

El primer dilema tiene fácil solución, aunque requiere algo de previsión. Desde este mismo martes, puedes pedir el voto por correo y olvidarte de acudir a los colegios electorales el penúltimo domingo de julio. Sin embargo, la segunda cuestión tiene una solución más complicada, como ya te hemos contado en elEconomista.

Cambiar de censo

Para solventarlo, la creatividad de los españoles se ha puesto a funcionar a pleno rendimiento y ya hay quien ha encontrado una posible solución: cambiarse de censo al lugar donde tradicionalmente veranea. De esta forma, y según este razonamiento, tanto votar como formar parte de la supuesta mesa electoral se haría sin penalizar demasiado el merecido descanso de las vacaciones. Pero, ¿es esto posible?

No. La premura con la que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha ejecutado el adelanto electoral impide que nadie en España pueda llevar a cabo esta medida. Y la razón se encuentra en la LOREG.

La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG) es la que regula todas las normas por las que se rigen las elecciones, y así se indica en el artículo 6 del Real Decreto 400/2023, de 29 de mayo, por el que se han convocado las últimas elecciones generales.

Según el artículo 39 de esta LOREG (y esto aplica para cualquier plebiscito), "Para cada elección el Censo Electoral vigente será el cerrado el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria". De acuerdo con este artículo, y como también indican desde el Instituto Nacional de Estadística (INE), "el censo vigente para las elecciones que se celebrarán el 23 de julio de 2023 es el cerrado el 1 de marzo de 2023, que recoge los movimientos comunicados por los Ayuntamientos, Consulados y Registros Civiles acaecidos hasta el 27 de febrero de 2023".

Es decir, es imposible cambiar el censo para votar en otra residencia para las próximas elecciones.

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