
La burocracia y las cargas administrativas son uno de los mayores problemas reportados por el colectivo de autónomos. Expertos en su profesión, no tienen por qué sobresalir también en el campo de la gestoría, lo que deriva en grandes dudas. Una de las principales cuestiones es cómo tributar, qué actividades se incluyen en el sistema de módulos.
Para entender este aspecto, una buena idea es hacerse unas sencillas preguntas: "¿Utilizo efectivo con frecuencia?", "¿realizo un gran número de operaciones al día?", "¿recibo muchos pagos de pequeñas cantidades?".
En caso de que la respuesta sea afirmativa en las tres ocasiones, la posibilidad de que el autónomo tenga que tributar por el sistema de módulos es muy grande. No obstante, el primer paso es entender qué es este método de declaración del IRPF y por qué recibe este nombre.
Qué es el sistema de estimación objetiva o módulos
El sistema de estimación objetiva es un método para que el autónomo declare al fisco el IRPF. En este régimen, el profesional no tributa en base a un cálculo concreto de los ingresos del negocio, si no que se basa en unos parámetros establecidos por la Administración: el personal contratado, el tamaño del establecimiento o el número de clientes, entre otros muchos aspectos que varían en función del tipo de actividad.
Este sistema está reservado, especialmente, a aquellos negocios que reciben un gran número de pagos de pequeñas cantidades en efectivo, aunque existen excepciones. Esto complica sustancialmente que la Agencia Tributaria calcule con exactitud las cifras del negocio, por lo que podrían darse muchos casos de economía sumergida. Por este motivo, se establecen unos módulos, de ahí el nombre del sistema y el nombre que reciben los autónomos que tributan en él, 'moduleros'.
Requisitos para tributar en el sistema de estimación objetiva o módulos
Para poder tributar en el sistema de módulos, el autónomo tiene que cumplir una serie de supuestos:
- El volumen de ventas del año anterior no puede superar los 250.000 euros.
- Las facturas dirigidas a otros autónomos o empresarios no pueden superar los 125.000 euros anuales.
- El volumen de compras no puede superar los 250.000 euros.
- El autónomo no puede haber renunciado ni estar excluido del régimen simplificado de IVA o IGIC canario, o los regímenes especiales de Agricultura, Pesca o Ganadería.
- No realizar otras actividades que tributen en estimación directa normal o simplificada.
Qué actividades tributan por módulos
De nuevo, para entender qué actividades tributan por módulos, hay que comprender que esta relación es muy subjetiva. A grandes rasgos, los negocios que se incluirán en este sistema son:
- Agricultura y Ganadería
- Pesca
- Quioscos de prensa
- Talleres de reparación
- Restaurantes
- Cafeterías
- Bares
- Heladerías
- Hostales
- Pensiones
- Transporte de viajeros y taxis
- Transporte de mercancías
- Peluquerías
- Salones de belleza
- Autoescuelas
- Mudanzas
- Tintorerías
- Reprografías