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Aviso a autónomos: suben las multas por contratar indebidamente

  • ¿Cuándo se puede utilizar un contrato temporal?
Foto: Dreamstime

El Gobierno ha conseguido sacar adelante la reforma laboral, uno de sus caballos de batalla desde el inicio de la legislatura. Tal y como ya avanzó este medio, los cambios en materia de contratación iban a ser notables. En concreto, una de las transformaciones que más afecta a los autónomos es el referido al contrato temporal, donde, además, el Ejecutivo ha aumentado las multas por realizarlo indebidamente.

Cabe destacar que el Gobierno venía avisando de la necesidad de mejorar la calidad del empleo desde el comienzo de la legislatura, del mismo modo que la Unión Europea instó a España a reducir el uso del contrato temporal.

El Ejecutivo intento implementar bonificaciones e incentivos a la contratación indefinida pero, ante el aumento del uso de este tipo de relación contractual, finalmente ha cambiado las bases de su norma.

¿Cuándo puedo usar un contrato temporal?

A partir de marzo, fecha límite que tendrán los autónomos para implementar los nuevos cambios, el colectivo solo podrá utilizar el contrato temporal cuando se trate de:

- Personas con discapacidad.

- Trabajadores en situación de exclusión social.

- Relevo.

- Jubilación parcial.

- Sustitución por anticipación de la edad de jubilación.

- Víctimas de violencia de género, doméstica o terrorismo.

- Trabajadores mayores de cincuenta y dos años beneficiarios de los subsidios por desempleo.

- Realización de un proyecto específico de investigación científica y técnica.

- Realización de un proyecto de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

- Contratación de investigadores en formación y para personal investigador predoctoral en formación.

- Incentivo a la contratación temporal para trabajos subvencionados de interés social.

- Fomento de empleo agrario.

- Trabajadores penados en instituciones penitenciarias y en el caso de menores y jóvenes en centros de menores sometidos a medidas de internamiento.

A partir de ahora, estos supuestos serán los únicos que justificarán un contrato temporal.

Multas de hasta 10.000 euros

Las sanciones por infringir las nuevas normas es otro punto a tener en cuenta. Tal y como explicó la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, la Inspección perseguirá y sancionará los contratos de corta duración, "porque no es posible seguir con ese modelo inaceptable de contrato por días", dijo.

De esta manera, los autónomos que infrinjan la norma se enfrentarán a multas de hasta 10.000 euros por cada trabajador contratado irregularmente, ya que "muchas empresas encontraban rentable defraudar, pues la multa era única", señaló Díaz.

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