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Estas son las multas que la DGT puede aplicar a los conductores que llevan una cámara en su casco

  • Este dispositivo se ha popularizado entre conductores de motos y bicicletas
  • En caso de accidente, la cámara puede afectar a la ergonomía del casco
Foto: Dreamstime.

La creciente moda por transmitir el día a día, subiendo constantes publicaciones en las redes sociales, ha impulsado diferentes artilugios también para la conducción. Las cámaras popularmente conocidas como GoPro son habituales de motoristas y ciclistas, sobre todo en rutas de carretera y montaña donde los paisajes son más llamativos. Sin embargo, lo que muchos conductores desconocen es que la Dirección General de Tráfico (DGT) puede multar por ello, como si de no llevar casco se tratase.

Bien por el gusto de grabar una ruta o bien por seguridad, pues muchos actores vulnerables interpretan que con la ayuda de imágenes pueden denunciar un incidente en carretera en caso de verse colisionados por la imprudencia de otro vehículo, las cámaras acopladas a los cascos se han convertido en un elemento muy demandado. Un dispositivo muy usado en motos y bicicletas que, por contra de la seguridad, puede ser una seria distracción.

De esta forma, la DGT entiende que en algunos casos el llevar una cámara acoplada a un caso puede entenderse como llevar un móvil al volante, distraerse fumando o no prestar total atención a lo que rodea a la vía. Además, estos aparatos pueden perjudicar la seguridad del casco, así como pueden violar la intimidad de las personas o vehículos a las que se graba.

Tres motivos para entender una posible multa que puede llegar hasta los 200 euros y la retirada de 3 puntos en el carnet de conducir. En este caso interpretado como si no se llevase casco, esta sanción la recoge el artículo 118.1 del Código de Tráfico y Seguridad Vial y se explica por el hecho de que un casco con una cámara acoplada puede no estar homologado y, por lo tanto, en caso de accidente puede desproteger ciertas partes de este afectando directamente a la cabeza.

Hasta 1.500 euros por violar la intimidad de un desconocido

En el caso del derecho a la intimidad, aunque como tal no se regula una norma que prohíba llevar una cámara como protección ante otras personas, si alguna de las grabadas denuncia, la sanción podría ascender a los 1.500 euros. Así lo tipifica el código de la Agencia Española de Protección de Datos, dado que no se informaría a estas personas grabadas de que están siendo recogidas por el óptico de la cámara.

Penas que han ido recogiendo diferentes conductores de motos y bicicletas en los últimos meses y que ponen sobre el foco el uso de estos dispositivos. Unos aparatos que pueden servir para dar mayor muestra de seguridad ante otros vehículos más pesados, pero que ponen en riesgo el estado de los cascos dado que estos no estarían del todo homologados.

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Comentarios 1

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Antonio Lopez Lopez
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Tiene sentido, recordemos el caso de Michael Schumacher campeón de Formula 1 durante muchos años seguidos.

Por culpa de una Go Pro pegada al casco que puso de manifiesto la rotura del mismo por culpa de ese dispositivo pagado a dicho casco, tuvo un accidente gravisimo con terribles consecuencias que aún sufre y padece, tanto el como su familia.

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#1