
Cataluña restringe aún más el mercado del alquiler. La Generalitat ha aprobado este miércoles un decreto ley por vía de urgencia que extiende el control de precios a todos los arrendamientos temporales salvo aquellos que tengan finalidades turísticas o recreativas.
La medida modifica la ley de vivienda autonómica para evitar que se suban los precios de los alquileres de temporada destinados a finalidades laborales, profesionales, de estudios, asistencia médica o en periodos de transición hasta acceder a una vivienda habitual. Además, también hace extensivo el tope para la suma de las habitaciones alquiladas de forma individual en un piso.
Según la consejera de Territorio, Ester Capella, la voluntad de la norma es "evitar la picaresca" por parte de los arrendadores, que podrían usar un vacío legal para elevar los precios de los pisos en alquiler.
La nueva regulación obligará a que todos los contratos de alquiler incluyan la causa del alquiler. Si no se cumple este requisito, se considerará que es una vivienda permanente, por lo que se tendrá que aplicar el tope de los alquileres.
Para aplicar la medida, los inmuebles deberán hallarse en zonas declaradas como mercados tensos. La semana pasada, el Ejecutivo autonómico catalogó de esta forma a 131 municipios adicionales, con lo que actualmente el 90% de la población catalana vive bajo el control de rentas.
¿Conflicto competencial?
En declaraciones a elEconomista.es, el gerente de la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona, Òscar Gorgues, ha considerado que "los contratos de temporada dan respuesta a una necesidad real del mercado" distinta de los alquileres convencionales. Además, señala que el marco establecido por la Generalitat choca con la ley de arrendamientos urbanos de ámbito nacional, por lo que probablemente se abre un conflicto competencial entre Administraciones.
"Habrá mucha gente que no quiera firmar contratos de residencia habitual porque incluyen una cláusula de penalización por incumplimiento del periodo contractual. Muchos no querrán firmar esta cláusula porque no van a residir cinco o siete años en la misma vivienda", abunda Gorgues. Por último, se pregunta si la Generalitat obligará a empadronarse a los inquilinos que firmen un contrato de alquiler de temporada. "En definitiva, nos parece una legislación hecha deprisa y corriendo que solo pretende conseguir un titular de cara a las elecciones", concluye.
Multas para los infractores
El decreto ley, que deberá ratificarse en el Parlament en un plazo máximo de un mes, prevé multas de hasta 900.000 euros para los propietarios incumplidores.
Se considerará falta muy grave --con sanciones de 90.001 a 900.000 euros-- que el precio del alquiler supere en un 30% el índice de referencia o hacer constar una causa falsa de alquiler en el contrato.
Alquilar por un precio entre un 10% y un 30% superior al del índice, obviar la causa del alquiler o repercutir en el inquilino los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato constituirán faltas graves con sanciones que se moverán en una horquilla de entre 9.001 y 90.000 euros.
Por otro lado, será falta leve --con multas de entre 3.000 y 9.000 euros-- que los anuncios no incluyan el precio máximo de la zona, el importe del último contrato o la condición de gran tenedor del propietario. Alquilar hasta un 10% por encima del máximo permitido también será uno de los motivos para imponer este tipo de infracción.