
La DGT ha dado luz verde a la circulación de megacamiones por las carreteras españolas, refrendado la norma publicada por el BOE en diciembre del año pasado. Se trata de vehículos con una masa máxima de unas 60 toneladas, y una longitud total de 25,25 metros. Más noticias en la revista gratuita elEconomista Transporte
Desde enero se vienen realizando pruebas de circulación real en tráfico abierto, y una vez superada, se han establecido las condiciones y protocolos que debe cumplir este tipo de transporte. Algunas de las normas que se recogen son las siguientes:
1. Seguridad
Los megacamiones o vehículos modulares, deben mantener una serie de requisitos de seguridad, como por ejemplo que el conjunto y sus módulos deben ir previstos de suspensión neumática y espejos y detectores para el ángulo muerto.
2. Frenos
Además de un sistema de aviso de advertencia del abandono del carril, también debe contar con un sistema de la asistencia a la frenada de emergencia, del sistema electrónico de control para la estabilidad, así como de un sistema autónomo de frenado o de alerta de colisión.
3. Señalización
El vehículo tiene que disponer de dos rotativos luminosos situados en los extremos superiores de la parte posterior del conjunto, así como de la señal identificativa de vehículo largo y la señalización reflectante de su conjunto.
4. Circulación
Los megacamiones podrán circular por las autopistas, autovías y carreteras convencionales con calzadas separadas para cada uno de los sentidos de la circulación. Además se deberá comprobar que el itinerario pasa por vías que puedan soportar el peso que lleva ese megacamión, un máximo de 60 toneladas. Asimismo, los puntos de carga y de la descarga, tienen que estar situados en los polígonos industriales, centros de trabajo logístico o lugares similares.
5. Velocidad
Es la establecida por el reglamento de circulación. Es decir que va en función de la vía que se trate. En autopista y autovía podrá ir a 90 kilómetros por hora, mientras que será de 80 kilómetros en las vías convencionales que dispongan de un arcén de 1,5 metros o más, y de 70 kilómetros por hora en el resto de las vías.
6. Itinerario
El transportista que emplee uno de estos camiones, de comunicar a la Dirección General de Tráfico, con una antelación de al menos una semana, de cada uno de los viajes a realizar y realizados, con la hora de inicio y finalización del mismo, así como de cuál ha sido el recorrido realizado y la longitud del mismo.