
El Ministerio de Trabajo ha requerido al gestor aeroportuario nacional, Aena, a subsanar hasta 24 aspectos de su segundo Convenio Colectivo —que también afecta a trabajadores del regulador del tráfico aéreo, Enaire, y de los trabajadores del Aeropuerto de Murcia— antes de poder proceder a su publicación en el BOE. El texto, presentado por la comisión negociadora, contiene desde errores formales hasta disposiciones que, según el Ministerio, podrían vulnerar el Estatuto de los Trabajadores y la legislación vigente en materia de igualdad, conciliación o representación sindical.
Entre los puntos señalados por Trabajo destaca la falta de autorización del Ministerio de Hacienda. Aunque el acta de firma del convenio menciona que se obtuvo el 14 de mayo de 2025, el justificante no ha sido incorporado al expediente, lo que, en ausencia de subsanación, impediría la validez del texto según la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
El requerimiento también apunta a elementos sustantivos del convenio que podrían entrar en conflicto con el marco legal vigente. Por ejemplo, se cuestiona que el límite para compensar horas extraordinarias se eleve a seis meses, en lugar de los cuatro que fija el Estatuto de los Trabajadores. Lo mismo ocurre con la regulación del periodo de prueba, que, según la redacción actual del texto, no cumpliría con el requisito de estar pactado por escrito en cada contrato individual. Asimismo, se exigen correcciones en los datos de representación sindical.
La Dirección General de Trabajo también alerta de formulaciones que podrían resultar discriminatorias, como la exclusión de la enfermedad común o accidente no laboral a efectos del cobro del complemento de jornada, o las menciones al "origen" de la discapacidad, ya eliminadas del Estatuto. En el ámbito de la jubilación, se exige que el texto recoja los requisitos legales para que la jubilación obligatoria a los 68 años sea válida, entre ellos, el compromiso de contratación indefinida de relevo.
Trabajo exige además que se adapten varios artículos a la jurisprudencia vigente en conciliación laboral. En los casos de limitación del disfrute simultáneo de permisos por dos trabajadores, se reclama motivación por escrito y un plan alternativo, como exige el Estatuto. Otro de los aspectos más conflictivos es la exclusión de los controladores aéreos del censo electoral del Grupo Aena. El requerimiento subraya que no es legal excluir a colectivos del proceso electoral sindical en función del ámbito del convenio, apelando a fallos anteriores de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo.
La Dirección General de Trabajo también exige la inclusión de un protocolo de actuación ante catástrofes, como ahora obliga la nueva redacción del artículo 85.1 del Estatuto. Además, reclama que se integren en el convenio los planes LGTBI ya suscritos por las empresas del grupo, conforme al Real Decreto 1026/2024, y que se corrijan múltiples errores de remisión a anexos y referencias normativas.
La CGT, que se ha personado formalmente en el expediente como parte interesada, ha reclamado transparencia en el proceso y advierte de la gravedad de los fallos detectados. "Es imprescindible que el convenio se ajuste a la legalidad y garantice los derechos laborales", sostiene el sindicato en un comunicado. CGT también ha destacado que el documento cuestionado por el Ministerio ha sido impugnado también por otras organizaciones, como el Sindicato Libre de Trabajadores Aéreos (SLTA), o trabajadores del aeropuerto de Tenerife Sur.
La Administración ha dado traslado a la Comisión Negociadora para que proceda a corregir los errores señalados o presente alegaciones. El convenio colectivo afecta a los más de 10.000 trabajadores del grupo público, que incluye a Aena SME, Enaire y la sociedad concesionaria del aeropuerto de Murcia. Por ahora, la entrada en vigor del nuevo marco laboral queda suspendida hasta que se atiendan las exigencias del departamento dirigido por Yolanda Díaz.