
La Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón a Renfe en la denuncia formulada por la patronal de transporte internacional, Astic (Asociación de Transporte Internacional por Carretera), que llevó a los tribunales el aumento de las tarifas en 2022 de los trenes multicliente prestados por su filial Renfe Mercancías. El tribunal madrileño refrenda, en una sentencia fechada el pasado 30 de enero de 2024, que la filial mercante de la operadora pública no incurró en ninguna conducta constitutiva de abuso de posición dominante ni en prácticas de competencia desleal en el mercado del transporte intermodal de mercancías por incrementar los precios de sus servicios que componen la Red Intermodal Multicliente (RIM).
La Unión de Operadores de Transporte Comodal (UOTC), que aglutina la división intermodal de la patronal de los transportistas Astic, denunció la falta de consenso entre empresa y sector para imponer estas nuevas tarifas que, a su juicio, mermarían la competitividad del transporte de mercancías por tren.
En concreto, la asociación rechazaba que las condiciones tarifarias contemplaban que todos los contenedores fueran cobrados como cargados, que se eliminase la tarifa del 'contenedor vacío' o el incremento en un 68% de los precios finales para tráficos de ida cargados y vuelta en vacío, entre otras.
Una subida necesaria para cubrir costes
Desde Renfe esgrimen que dicha modificación se llevó a cabo para hacer frente a las pérdidas de explotación que dicho servicio le provocaba a la compañía, ya que las tarifas no habían sido actualizadas en más de diez años y se habían convertido en obsoletas por los cambios en las condiciones de explotación y el incremento de costes, especialmente los energéticos.
La operadora defiende que la sentencia "refuerza el principio de libertad en el establecimiento de las condiciones tarifarias en la prestación de servicios de la Red Intermodal Multicliente en un mercado liberalizado, siempre que sean transparentes y no discriminatorias".
El fallo del tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por Astic después de que Renfe ganara en primera instancia la sentencia dictada el 1 de junio de 2023 por el Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid. Asímismo, condena a la asociación al pago de las costas de segunda instancia.
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