Tecnología

Indra podría quedar excluida de los concursos públicos acusada de cártel en 2021

  • La Audiencia pide datos a la CNMC ante un recurso de la tecnológica frente a una sanción de la CNMC
  • El Ministerio de Hacienda será el organismo competente para aplicar el posible castigo
Sede de Indra. en la comunidad de Madrid.
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La participación de una filial de Indra en un cártel durante más de diez años, sancionada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en 2021, adquiere relevancia y actualidad estos días. El último movimiento en este conflicto se produjo la semana pasada, cuando la Audiencia Nacional solicitó nueva información al organismo regulador de competencia ante el recurso presentado en su momento por la compañía tecnológica. El alcance de esa actuación, según ha podido averiguar elEconomista.es, podría acarrear la prohibición a la multinacional de participar en concursos públicos. De hecho, en cuanto exista una sentencia en firme, el Ministerio de Hacienda estará llamado a considerar la aplicación de una sanción que, además de Indra, podría afectar a otras 21 consultoras implicadas en el mismo cártel, entre ellas Deloitte, KPMG, PwC, Altia, Abay, Red2Red, Uliker, Gaps, Hidria, Regio Plus y Bmasi Strategy.

La situación resulta especialmente comprometida en estos momentos. Entre otras consecuencias, Indra es la referencia empresarial del país en el sector de defensa y, por tanto, la compañía favorita para recibir el grueso de unos fondos de rearme de 6.000 millones de euros.

La "patata caliente" judicial y empresarial tiene su origen en la existencia de una "falta grave" para la competencia, con impacto en el erario público, y que implicó a Indra Business Consulting y su matriz. En aquel 2021, la CNMC resolvió que las prácticas investigadas "desvirtuaban la competencia", al "manipular las licitaciones en las adjudicaciones del Estado". Acto seguido, el árbitro de los mercados envió la resolución a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, para que este departamento retomara la tramitación y determinara el alcance de la prohibición. Dicha decisión está suspendida mientras se resuelve una serie de recursos de las consultoras.

Sin embargo, en cuanto la sentencia se "firme", corresponde a Hacienda establecer el plazo de prohibición de las empresas a participar en licitaciones de las administraciones públicas. La fijación de esos plazos sancionadores en actuaciones delictivas en concursos públicos pasaron en 2023 de manos de Hacienda a las de CNMC. De esa forma, al tratarse de un conflicto de 2021, la aplicación de medidas correctivas atañen al ministerio que lidera María Jesús Montero, también vicepresidenta primera del Gobierno, quien aún no ha establecido consecuencias para Indra ni tampoco para el resto de los infractores. Todas las consultoras implicadas, según resolvió la CNMC, "solicitaban ofertas de cobertura para evitar competir", lo que se considera una "práctica colusoria especialmente dañina para la sociedad al impactar en los fondos públicos".

Sanción por infracción grave

La Ley de Contratos del Sector Público incluyó en 2015 la prohibición de contratar a las empresas y sujetos sancionados por haber cometido infracciones graves de falseamiento de la competencia. Además, estableció que la duración y el alcance de dicha prohibición podía determinarla o bien la ministra de Hacienda o bien la CNMC en la resolución de sus expedientes sancionadores. Esa disyuntiva desapareció en 2023, cuando organismos públicos, organizaciones empresariales y asociaciones especializadas en materia de competencia coincidieron en que la CNMC era la autoridad mejor situada para fijar las prohibiciones, "teniendo en cuenta la naturaleza de la infracción cometida y la situación competitiva del mercado en el que se aplicaría".

En el cártel de las consultoras, la CNMC analizó 200 contratos públicos para descubrir dos ramificaciones del cártel (norte y nacional), con 101 y 72 licitaciones afectadas, respectivamente. Generalmente se trataban de contratos negociados sin publicidad, donde las empresas previamente concertadas presentaban ofertas perdedoras o que, directamente, renunciaban la invitación a participar en el proceso, para así forzar a la administración a elevar los precios por los servicios de consultoría.

En el caso de las 22 consultoras infractoras, la CNMC impuso una multa de 5,87 millones de euros, importe al que se añaden otros 439.000 euros, dirigidos a los directivos involucrados y, al mismo tiempo, la CNMC activó el mecanismo legal (con la remisión del caso a Hacienda) para que algunas de las empresas no puedan participar en próximos concursos organizados por las Administraciones Públicas. Por lo general, las multas de la CNMC en infracciones relacionadas con formación de cárteles puede ascender hasta el 10% del volumen de negocios total de la empresa infractora en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa. Además, podrá imponerse la prohibición de contratar con la administración pública. Los representantes legales de las empresas o los directivos que hayan participado en la infracción también pueden ser sancionados con multas de hasta 60.000 euros.

La CNMC extendió el alcance de la sanción a Indra Business Consulting al conjunto del grupo, tras especificar que "la presunción de existencia de una influencia decisiva también se aplica a las sociedades matrices de empresas interpuestas que poseen el 100% de las empresas filiales autoras de la infracción". En el cartel de la consultoras, la misma situación de Indra se extiende a Altia (matriz de Boxleo), Deloitte, IDOM, Engineering Architecture, KPMG, PA Consulting y PKF ATTEST (Uliker-3)

Indra defendió la inexistencia de influencia decisiva en Indra Business Consulting de su matriz Indra Sistemas, al destacar que el grupo había "reforzado todos los mecanismos generales de prevención y control, además de impulsar los cursos específicos de formación y la implementación del Manual de Derecho de Competencia aplicable a todo el Grupo en España y Europa". Sin embargo, el regulador no tomó en consideración las alegaciones de Indra una vez que la empresa no aportó "suficientes elementos probatorios que demuestren que su filial se conduce de manera autónoma en el mercado". Según recordó el supervisor de la competencia "incluso si la matriz es un holding financiero, esta puede ejercer una influencia decisiva sobre sus filiales". La CNMC señaló en que la estructura empresarial de Indra Sistemas "se aprecia la existencia de nexos entre los altos directivos responsables de las diferentes ramas de negocio que integran el objeto social de la empresa matriz, en su doble condición de responsables de las actividades desarrolladas por las empresas filiales del grupo y que también forman parte del órgano de dirección de Indra Sistemas".

Ante el mismo expediente sancionador, Indra puso en marcha una investigación interna en la empresa por la que detectó la existencia de la conducta imputada por la CNMC y documentación que la acreditaba. De esa forma, tres meses después de constatar que los directivos implicados incumplieron el Código Ético y el Manual de Cumplimiento de la compañía se produjo el despido disciplinario de los trabajadores implicados.

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