Salud Bienestar

Aragón tomará acciones legales contra el Ministerio de Sanidad por el uso de la mascarilla

El Gobierno de Aragón impugnará la orden del 10 de enero por la que se obligaba al uso universal de la mascarilla en centros sanitarios.
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La comunidad aragonesa impugnará la orden del 10 de enero de 2024 del Ministerio de Sanidad por la que se obligaba al uso universal de la mascarilla en centros sanitarios ante el incremento de infecciones respiratorias al considerar que no se siguió el procedimiento adecuado.

El Consejo de Gobierno ha acordado hoy autorizar a la dirección general de Servicios Jurídicos del Ejecutivo aragonés el ejercicio de acciones judiciales contra esta orden por la que se aprobaba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública ante el aumento de casos de personas afectadas por enfermedades de tipo respiratorio. Una autorización con la que se impugnará esta orden ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

El Gobierno de Aragón da este paso por considerar que no se siguió el procedimiento adecuado, puesto que en la aplicación del artículo 65 de la Ley 16/2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud se refleja que este tipo de decisiones debe ir precedida del acuerdo previo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS). Un paso que desde el Ejecutivo aragonés recuerdan que no tuvo lugar.

Según han explicado desde el Ejecutivo aragonés, omitir este trámite supone incurrir en un vicio de procedimiento que implica la nulidad de pleno derecho del acto citado.

Además, añaden que este acuerdo no sería necesario en situaciones de urgente necesidad, una circunstancia que desde el Gobierno de Aragón se entiende que no se ha dado en esta ocasión. La incidencia de las infecciones respiratorias en el conjunto de España y los problemas suscitados por la misma no comportan una situación de urgente necesidad que permita eludir ese acuerdo previo del CISNS, inciden.

Para el Ejecutivo aragonés, la adopción de una declaración de actuaciones coordinadas sin el respeto a las normas de procedimiento que garantizan la necesaria coordinación institucional supone una vulneración del principio de lealtad institucional que ha de presidir las relaciones interadministrativas. Además, en el presente caso, al eludirse un trámite esencial del procedimiento de decisión, constituye también un vicio de nulidad de pleno derecho.

En opinión del Gobierno de Aragón, "no parece razonable que las comunidades autónomas, llamadas a coordinarse en el seno del Consejo Interterritorial del SNS, se vean obligadas a dar cumplimiento a una decisión del Ministerio de Sanidad adoptada con desconocimiento de la voluntad de las propias comunidades autónomas, cuyo cauce de expresión y coordinación es, justamente, el citado Consejo Interterritorial".

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