
Revés al proyecto de real decreto del Ministerio de Sanidad en el que plantea restringir el uso de alternativas al tabaco como los cigarrillos electrónicos, los vapeadores o las bolsas de nicotina.
Según un informe al que ha podido acceder elEconomista.es y con fecha del 18 de febrero, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) reclama al departamento liderado por Mónica García mayores evidencias científicas para justificar algunas de las medidas incluidas en el proyecto remitido al regulador el pasado 25 de noviembre.
En su respuesta a la memoria de análisis de impacto normativo, el regulador concluye que el proyecto incide sobre la competencia en dos aspectos. Primero, al establecer restricciones al nivel de fabricación, al prohibir determinados ingredientes como los aromas en los cigarrillos electrónicos y otros productos. Y en segundo lugar, en el de la comercialización, al exigir a los fabricantes requisitos de etiquetado comunes para cigarrillos y picadura para liar, además del requisitos de un nivel máximo de 0,99 mg/sobre en las bolsas de nicotina.
En su respuesta, la CMNC recuerda que no existe ningún país europeo donde se comercialicen bolsas de nicotina de menos de 0,99 mg por sobre y añade que el Ministerio de Sanidad no justifica en su memoria ni en el proyecto del Real Decreto "una justificación que explique por qué se fija la cantidad en cuestión".
El Ministerio de Sanidad ha apuntado a este periódico que la evidencia científica sobre el uso de saborizantes "es clara". Según el departamento de Mónica García, "es un elemento con la capacidad de atraer a las personas jóvenes no fumadoras al consumo de tabaco y productos relacionados".
En relación a las bolsas de nicotina, el ministerio ha indicado que "la capacidad adictiva de la misma obliga a regular el contenido de dichas bolsas para adecuarlo al contenido de otros productos sanitarios que se emplean para el tratamiento de la adicción tabáquica, como pueden ser los parches o los chicles".
Asimismo, la entidad recuerda que en la memoria remitida por Sanidad se reconoce un periodo de 10 meses para que los fabricantes se adapten a las nuevas normas de etiquetado, envasado y fabricación, y de 12 meses para que los establecimientos comerciales puedan vender los productos que aún tengan en stock bajo la normativa anterior. En este sentido, la CNMC recomienda justificar adecuadamente las razones por las que el periodo transitorio establecido es considerado como suficiente por parte del ministerio.
Entre otras recomendaciones, la CNMC finaliza su respuesta recordando al ministerio que "dada la afectación de las restricciones reseñadas a la libertad de empresa constitucionalmente reconocida, cabe exigir su respaldo en norma con rango de ley".
El departamento de Mónica García ha explicado que durante la tramitación del real decreto se decidió retirar el empaquetado genérico "para dotar a esta medida del rango de ley y darle una mayor seguridad jurídica". "La intención es incluir esta medida en la reforma de la Ley 28/2005 para la que actualmente estamos trabajando en el borrador. Por tanto, los comentarios sobre el empaquetado genérico en este real decreto ahora mismo son extemporáneos", ha indicado.